I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Tasas y precios públicos. (BOE-A-2022-758)
Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Martes 18 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 4687

CAPÍTULO V
Tasa por solicitud de licencia de funcionamiento para la fabricación de productos
sanitarios a medida
Artículo 97.

Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de la solicitud de licencia de
funcionamiento para la fabricación de productos sanitarios a medida, así como de las
solicitudes de modificación y de revalidación de la licencia.
Artículo 98.

Sujetos pasivos.

Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las
entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General
Tributaria, que soliciten la prestación de los servicios o actividades administrativas que
constituyen el hecho imponible.
Artículo 99.

Cuota tributaria.

El importe de la cuota tributaria es:
1.

Solicitud de concesión de la licencia de funcionamiento.

150 euros.

2.

Solicitud de modificación de las instalaciones.

150 euros.

3.

Solicitud de revalidación de la licencia de funcionamiento.

60 euros.

4.

Solicitud de restantes modificaciones.

60 euros.

Artículo 100. Devengo.
La tasa se devengará cuando se presente la solicitud de las actuaciones
administrativas, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.
CAPÍTULO VI
Tasa por evaluación de ensayos clínicos y estudios de postautorización
observacionales
Artículo 101.

Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la evaluación de ensayos clínicos y de
estudios postautorización observacionales para medicamentos de uso humano y de
productos sanitarios, así como la tramitación de las solicitudes de ampliación de centros
y modificaciones mayores de los protocolos ya evaluados de los citados ensayos y
estudios.
Sujetos pasivos.

Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las
entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General
Tributaria, que soliciten la prestación de los servicios o actividades administrativas que
constituyen el hecho imponible.

cve: BOE-A-2022-758
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Artículo 102.