I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Tasas y precios públicos. (BOE-A-2022-758)
Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
Artículo 59.
Sec. I. Pág. 4665
Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las
entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General
Tributaria, que soliciten o a quienes se presten los servicios que constituyen el hecho
imponible. En ningún caso tendrán la consideración de sujetos pasivos de la tasa
aquellos profesionales de los que se valga la Administración para prestar el servicio que
se grave.
Artículo 60. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Por la expedición de la certificación oficial para el movimiento de animales vivos:
1.1.
Por las 10 primeras unidades de ganado mayor (UGM).
4,50 euros.
1.2.
Por cada 10 UGM o fracción adicional.
0,45 euros.
2.
Por la expedición del certificado sanitario para movimientos intracomunitarios o a terceros países.
65,59 euros.
3.
Por los servicios facultativos correspondientes a la inspección obligatoria y vigilancia de la desinfección y desinsectación
de los locales destinados a ferias, mercados, concursos, exposiciones y demás lugares públicos donde se albergue
ganado para los fines anteriores. Por cada local.
86,32 euros
4.
Inscripción en el Registro de explotaciones ganaderas:
5.
6.
7.
8.
4.1.
Explotaciones con menos de 10 unidades de ganado mayor (UGM).
28,28 euros.
4.2.
Explotaciones con más de 10 UGM.
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de establecimientos de alimentación animal y, en su caso, autorización de establecimientos de
alimentación animal:
5.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
5.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de transportistas y medios de transporte de animales:
6.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
6.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en
el sector ganadero:
7.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
7.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de establecimientos de medicamentos veterinarios de Andalucía:
8.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
8.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
cve: BOE-A-2022-758
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
Artículo 59.
Sec. I. Pág. 4665
Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las
entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General
Tributaria, que soliciten o a quienes se presten los servicios que constituyen el hecho
imponible. En ningún caso tendrán la consideración de sujetos pasivos de la tasa
aquellos profesionales de los que se valga la Administración para prestar el servicio que
se grave.
Artículo 60. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Por la expedición de la certificación oficial para el movimiento de animales vivos:
1.1.
Por las 10 primeras unidades de ganado mayor (UGM).
4,50 euros.
1.2.
Por cada 10 UGM o fracción adicional.
0,45 euros.
2.
Por la expedición del certificado sanitario para movimientos intracomunitarios o a terceros países.
65,59 euros.
3.
Por los servicios facultativos correspondientes a la inspección obligatoria y vigilancia de la desinfección y desinsectación
de los locales destinados a ferias, mercados, concursos, exposiciones y demás lugares públicos donde se albergue
ganado para los fines anteriores. Por cada local.
86,32 euros
4.
Inscripción en el Registro de explotaciones ganaderas:
5.
6.
7.
8.
4.1.
Explotaciones con menos de 10 unidades de ganado mayor (UGM).
28,28 euros.
4.2.
Explotaciones con más de 10 UGM.
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de establecimientos de alimentación animal y, en su caso, autorización de establecimientos de
alimentación animal:
5.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
5.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de transportistas y medios de transporte de animales:
6.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
6.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en
el sector ganadero:
7.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
7.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
Inscripción en el Registro de establecimientos de medicamentos veterinarios de Andalucía:
8.1.
Registro (sin implicar visita de inspección).
63,84 euros.
8.2.
Autorización y Registro (incluyendo visita de inspección).
165,09 euros.
cve: BOE-A-2022-758
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