III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-724)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica del Convenio colectivo de Fluidmecánica Sur, SL.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Lunes 17 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 4405

Si el desplazamiento de un trabajador/a conlleva gastos que tenga que abonar el
mismo, se adelantará una cantidad según la cuantía que se estime. El trabajador/a
estará obligado a justificar los gastos a la vuelta del viaje.
La empresa viene obligada a facilitar medios de transporte cuando el trabajador/a
haya de desplazarse de su centro o, en su defecto, deberá abonar íntegramente el
precio del billete del transporte público.
Si un trabajador/a es desplazado o trasladado fuera de la provincia de su centro de
trabajo habitual por un tiempo superior a treinta días consecutivos, el trabajador/a
dispondrá de dos días naturales, elegidos por él/la, para asuntos relacionados con el
desplazamiento o traslado.
Por cada quince días consecutivos que el trabajador/a permanezca en régimen de
desplazamiento, disfrutará de un día laborable de vacaciones, independientemente de
las vacaciones reglamentarias, que podrán acumularse.
Se consideran centros de trabajo de la empresa los siguientes:








Base Naval de Rota.
Arsenal de la Carraca.
Galería de Tiro en los terrenos de la Clica San Fernando.
Navantia factorías de Cádiz, Puerto Real, San Fernando, Ferrol y Cartagena.
Domicilio Social Fluidmecanica Sur, S. L.
Arsenal de Ferrol e instalaciones de FMS en Ferrol.
Arsenal de Cartagena e instalaciones de FMS en Cartagena.

La empresa podrá proponer a los Delegados de Personal nuevos centros de trabajo
siempre que estos tengan la entidad suficiente.
Así mismo se establece una ayuda a la comida para aquellos casos que un/una
trabajador/a por motivos de la producción y una vez finalizada su jornada laboral tuvieran
que continuar la misma por la tarde, se abonará una ayuda cuantificada en 12,00 euros,
a excepción de aquellos trabajadores que tuvieran la jornada partida.
Artículo 12.

Movilidad.

La movilidad entre los distintos centros de trabajo requerirá la existencia de razones
económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen para todo el
personal, aplicando todo lo recogido en el artículo 11 del presente convenio. De
conformidad en lo establecido en el artículo 40 del E.T.
Artículo 13. Personal femenino.
El personal femenino afectado por este convenio percibirá jornal o sueldo igual al
personal masculino, y sus derechos serán exactamente los mismos en todos los
sentidos, sin ningún tipo de distinción.
Bajas por enfermedad y accidente de trabajo.

En los supuestos de baja laboral por cualquier tipo de enfermedad o accidente de
trabajo, la empresa abonará junto a la prestación económica por incapacidad temporal
de Seguridad social una cantidad tal que, sumada a la citada prestación, en total
suponga que sus trabajadores/as perciban una cantidad equivalente al 80 % del total de
la cantidad percibida como retribución por todos los conceptos salariales a los que se
refiere el listado de la letra A del artículo 4 del presente convenio, computada dicha
cantidad respecto al promedio de la retribución del trabajador/a a lo largo de los tres
meses precedentes.
En ningún caso dicha cantidad global, incluyendo la cuantía de la prestación de la
Seguridad Social podrá ser inferior al 100 % del salario base de convenio y del
complemento de antigüedad que venga percibiendo el trabajador/a a lo largo del mes
precedente. Tampoco dicha cantidad global podrá ser superior en ningún caso al 100 %

cve: BOE-A-2022-724
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 14.