III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-719)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4361
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado
en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las
partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
Convenio, sin perjuicio de dar cumplimiento, siempre que fuera posible, a aquellos
trámites de certificación, y demás administrativos y académicos, de repercusión directa a
los alumnos.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Si en el momento de la resolución algún estudiante de la Universidad se encontrase
realizando prácticas en Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el
Convenio seguirá produciendo todos sus efectos hasta la completa finalización de las
mismas.
Décima.
Naturaleza y resolución de controversias.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Del conocimiento de los recursos contra el presente Convenio conocerá la Sala de lo
Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con en el
artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-A-2022-719
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente Convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en el lugar y fecha al principio indicados.–Por la Universidad, Amaya Mendicoetxea
Pelayo.–Por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Javier Sánchez
Fuentefría
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 4361
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes. Si trascurrido el plazo indicado
en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las
partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
Convenio, sin perjuicio de dar cumplimiento, siempre que fuera posible, a aquellos
trámites de certificación, y demás administrativos y académicos, de repercusión directa a
los alumnos.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
Si en el momento de la resolución algún estudiante de la Universidad se encontrase
realizando prácticas en Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el
Convenio seguirá produciendo todos sus efectos hasta la completa finalización de las
mismas.
Décima.
Naturaleza y resolución de controversias.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Del conocimiento de los recursos contra el presente Convenio conocerá la Sala de lo
Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con en el
artículo 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-A-2022-719
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente Convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en el lugar y fecha al principio indicados.–Por la Universidad, Amaya Mendicoetxea
Pelayo.–Por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Javier Sánchez
Fuentefría