III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2022-705)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Gobierno de Navarra, para el desarrollo de programas de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.
que
asume
la
Secretaría
Sec. III. Pág. 4257
General
de
Instituciones
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Subdirección
General de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas, se compromete a:
1. Posibilitar el desarrollo de los programas de intervención, mediante la derivación
de los casos de penados con sometimiento a esta regla de conducta, por condenas a
medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a privación de libertad que
así lo requieran.
2. Proponer a los/as penados/as que desarrollarán el programa de que se trate.
3. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del programa de intervención a desarrollar.
4. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del programa.
5. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del programa.
6. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del programa a los destinatarios del mismo.
7. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa se desarrolle
en un Centro de Inserción Social.
Tercera. Compromisos que asume el Departamento de Políticas Migratorias y Justicia
de la Comunidad Foral de Navarra.
El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Comunidad Foral de
Navarra, a través de su Servicio de Ejecución Penal y Justicia Restaurativa, se
compromete a:
1. Desarrollar los programas conforme a los modelos y manuales establecidos por
la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, de acuerdo con los principios
constitucionales, así como el pleno respeto a los derechos de las víctimas.
2. Aportar a los y las profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del
Programa objeto del presente convenio.
Cuarta.
Obligaciones económicas o contractuales.
El presente convenio no generará obligaciones de carácter económico para la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
No obstante, para el Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la
Comunidad Foral de Navarra podrían derivarse los gastos necesarios para el desarrollo
del Programa objeto del convenio.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen el programa y la
Administración Penitenciaria.
Recursos humanos.
El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.
Sexta.
Confidencialidad y protección de datos.
1. El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Comunidad Foral de
Navarra se compromete a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y que sean
concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio. En particular, será
considerado como información confidencial todos los datos relativos al penado, debiendo
cve: BOE-A-2022-705
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 14
Lunes 17 de enero de 2022
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.
que
asume
la
Secretaría
Sec. III. Pág. 4257
General
de
Instituciones
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Subdirección
General de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas, se compromete a:
1. Posibilitar el desarrollo de los programas de intervención, mediante la derivación
de los casos de penados con sometimiento a esta regla de conducta, por condenas a
medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a privación de libertad que
así lo requieran.
2. Proponer a los/as penados/as que desarrollarán el programa de que se trate.
3. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del programa de intervención a desarrollar.
4. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del programa.
5. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del programa.
6. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del programa a los destinatarios del mismo.
7. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa se desarrolle
en un Centro de Inserción Social.
Tercera. Compromisos que asume el Departamento de Políticas Migratorias y Justicia
de la Comunidad Foral de Navarra.
El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Comunidad Foral de
Navarra, a través de su Servicio de Ejecución Penal y Justicia Restaurativa, se
compromete a:
1. Desarrollar los programas conforme a los modelos y manuales establecidos por
la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, de acuerdo con los principios
constitucionales, así como el pleno respeto a los derechos de las víctimas.
2. Aportar a los y las profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del
Programa objeto del presente convenio.
Cuarta.
Obligaciones económicas o contractuales.
El presente convenio no generará obligaciones de carácter económico para la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
No obstante, para el Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la
Comunidad Foral de Navarra podrían derivarse los gastos necesarios para el desarrollo
del Programa objeto del convenio.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen el programa y la
Administración Penitenciaria.
Recursos humanos.
El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.
Sexta.
Confidencialidad y protección de datos.
1. El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Comunidad Foral de
Navarra se compromete a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y que sean
concernientes a la ejecución del objeto del presente convenio. En particular, será
considerado como información confidencial todos los datos relativos al penado, debiendo
cve: BOE-A-2022-705
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.