III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-594)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo laboral de ámbito estatal para el sector de agencias de viajes, para el período 2019-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Viernes 14 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3560

compañía con un preaviso y antelación suficiente. Todo ello según lo dispuesto en el
artículo 16 del presente convenio.
La fecha de la progresión se retrasará tantos días como:
– Los días de suspensión de empleo y sueldo que haya tenido el trabajador/a como
consecuencia de una sanción firme.
– Los días que el contrato de trabajo haya podido estar suspendido como
consecuencia de una excedencia o un permiso no retribuido.
En cualquier caso, debe entenderse que la progresión económica solamente se
consolidará cuando el trabajador/a cumpla los tres requisitos anteriormente citados.
8.2

Niveles de progresión económica y tiempo de permanencia:

A) Grupo 2-subgrupo 1: Mando-agente técnico/a de agencias de viajes y administración.
Se establecen tres niveles de progresión económica según la siguiente escala:
Nivel

Tiempo de permanencia en cada nivel

Nivel 10.

Indefinido

Nivel 9.

4 años

Nivel 8.

4 años

B) Grupo 2-subgrupo 2: Ejecución/Supervisión. Se establecen siete niveles de
progresión económica según la siguiente escala:
Nivel

Tiempo de permanencia en cada nivel

Nivel 7.

3 años

Nivel 6.

3 años

Nivel 5.

3 años

Nivel 4.

3 años

Nivel 3.

3 años

Nivel 2.

3 años

Nivel 1 (nivel de entrada)*.

1 a 3 años

* En el nivel 1 de entrada se podrá permanecer de 1 a 3 años, pudiendo el trabajador/a solicitar la
evaluación del desempeño finalizado el primer año, siendo en cualquier caso la efectividad de progresión al
nivel 2 la de la solicitud de dicha evaluación del desempeño.

C) Grupo 3. Servicios generales. Se establecen siete niveles de progresión
económica según la siguiente tabla para los trabajadores/as de grupo 2-subgrupo 2
Tiempo de permanencia en cada nivel

Nivel 7.

3 años

Nivel 6.

3 años

Nivel 5.

3 años

Nivel 4.

3 años

Nivel 3.

3 años

Nivel 2.

3 años

Nivel 1 (nivel de entrada).

1 a 3 años

cve: BOE-A-2022-594
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Nivel