III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-594)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo laboral de ámbito estatal para el sector de agencias de viajes, para el período 2019-2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3571
y, por lo tanto, en el mínimo necesario para obtener la calificación de apto, recogida en el
siguiente párrafo.
Para superar la EVD, se tendrá en cuenta la suma de la puntuación de los cuatro
cuestionarios. Para obtener la calificación de apto, el trabajador/a tendrá que alcanzar
como mínimo el total de cinco puntos sobre los diez posibles, debiendo además obtener
al menos el 33 % de la puntuación máxima en cada uno de los cuatro cuestionarios. En
caso de obtener una puntuación inferior a cinco puntos o el mínimo establecido en cada
cuestionario de forma individualizada, el resultado de la EVD será no apto.
CUESTIONARIOS
Evaluación general (5 puntos)
Ítems
Formación teórica (1 punto): será necesario el cumplimiento íntegro de todos los cursos
formativos necesarios en cada nivel, así como haber obtenido el certificado acreditativo del
aprovechamiento de cada uno de ellos, no pudiéndose solicitar la EVD sin haber cursado la
totalidad de los cursos establecidos, salvo que el proceso de evaluación haya sido iniciado
por la empresa o el trabajador/a haya solicitado la EVD al finalizar el primer año estando
ubicado en el nivel 1, en ambos casos la puntuación será 0, en caso contrario la puntuación
será 1. No se podrán aplicar proporcionalidades.
Absentismo (2 puntos): No superar el 1 % de faltas de asistencia sin justificar en el periodo
de permanencia en el nivel supondrá la suma de dos puntos en la evaluación. En caso de no
superar el 1 % se puntuará con un 2, si lo ha superado con un 0. No se podrán aplicar
proporcionalidades.
Faltas y sanciones (1 puntos): No haber sido objeto de sanción grave o muy grave durante
la permanencia en el nivel evaluable, en el caso de que la sanción esté recurrida ante la
jurisdicción competente será necesaria su firmeza. Si existiera un procedimiento
sancionador derivado de absentismo se tendrá en cuenta de manera exclusiva lo dispuesto
en el párrafo anterior. En caso de NO tener faltas/sanciones se puntuará con un 1, en caso
de tenerlas con un 0. No se podrán aplicar proporcionalidades.
Reclamaciones de clientes (0.5 punto): No haber sido objeto de reclamaciones de clientes,
por escrito y debidamente fundamentadas e imputables al trabajador/a. En caso de NO tener
reclamaciones se puntuará con un 0,5, en caso de tenerlas con un 0. No se podrán aplicar
proporcionalidades.
Reclamaciones de compañeros/as (0.5 punto): No haber sido objeto de queja o reclamación,
por escrito, por parte de los compañeros/as del mismo departamento, debidamente
fundamentada e imputable al trabajador/a. En caso de NO tener reclamaciones se puntuará
con un 0,5, en caso de tenerlas con un 0. No se podrán aplicar proporcionalidades.
Positivo
Negativo
1
0
2
0
1
0
0,5
0
0,5
0
Evaluador/a:
Trabajador/a:
Nombre y cargo:
Fecha y firma:
Nombre:
Fecha y firma:
Observaciones: *** A rellenar por el trabajador/a en caso de desacuerdo con la puntuación de la evaluación.
cve: BOE-A-2022-594
Verificable en https://www.boe.es
Puntuación total:
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3571
y, por lo tanto, en el mínimo necesario para obtener la calificación de apto, recogida en el
siguiente párrafo.
Para superar la EVD, se tendrá en cuenta la suma de la puntuación de los cuatro
cuestionarios. Para obtener la calificación de apto, el trabajador/a tendrá que alcanzar
como mínimo el total de cinco puntos sobre los diez posibles, debiendo además obtener
al menos el 33 % de la puntuación máxima en cada uno de los cuatro cuestionarios. En
caso de obtener una puntuación inferior a cinco puntos o el mínimo establecido en cada
cuestionario de forma individualizada, el resultado de la EVD será no apto.
CUESTIONARIOS
Evaluación general (5 puntos)
Ítems
Formación teórica (1 punto): será necesario el cumplimiento íntegro de todos los cursos
formativos necesarios en cada nivel, así como haber obtenido el certificado acreditativo del
aprovechamiento de cada uno de ellos, no pudiéndose solicitar la EVD sin haber cursado la
totalidad de los cursos establecidos, salvo que el proceso de evaluación haya sido iniciado
por la empresa o el trabajador/a haya solicitado la EVD al finalizar el primer año estando
ubicado en el nivel 1, en ambos casos la puntuación será 0, en caso contrario la puntuación
será 1. No se podrán aplicar proporcionalidades.
Absentismo (2 puntos): No superar el 1 % de faltas de asistencia sin justificar en el periodo
de permanencia en el nivel supondrá la suma de dos puntos en la evaluación. En caso de no
superar el 1 % se puntuará con un 2, si lo ha superado con un 0. No se podrán aplicar
proporcionalidades.
Faltas y sanciones (1 puntos): No haber sido objeto de sanción grave o muy grave durante
la permanencia en el nivel evaluable, en el caso de que la sanción esté recurrida ante la
jurisdicción competente será necesaria su firmeza. Si existiera un procedimiento
sancionador derivado de absentismo se tendrá en cuenta de manera exclusiva lo dispuesto
en el párrafo anterior. En caso de NO tener faltas/sanciones se puntuará con un 1, en caso
de tenerlas con un 0. No se podrán aplicar proporcionalidades.
Reclamaciones de clientes (0.5 punto): No haber sido objeto de reclamaciones de clientes,
por escrito y debidamente fundamentadas e imputables al trabajador/a. En caso de NO tener
reclamaciones se puntuará con un 0,5, en caso de tenerlas con un 0. No se podrán aplicar
proporcionalidades.
Reclamaciones de compañeros/as (0.5 punto): No haber sido objeto de queja o reclamación,
por escrito, por parte de los compañeros/as del mismo departamento, debidamente
fundamentada e imputable al trabajador/a. En caso de NO tener reclamaciones se puntuará
con un 0,5, en caso de tenerlas con un 0. No se podrán aplicar proporcionalidades.
Positivo
Negativo
1
0
2
0
1
0
0,5
0
0,5
0
Evaluador/a:
Trabajador/a:
Nombre y cargo:
Fecha y firma:
Nombre:
Fecha y firma:
Observaciones: *** A rellenar por el trabajador/a en caso de desacuerdo con la puntuación de la evaluación.
cve: BOE-A-2022-594
Verificable en https://www.boe.es
Puntuación total: