I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Seguridad Social. Contabilidad. (BOE-A-2022-559)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Viernes 14 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 3427

4. En el subgrupo 40, «Acreedores presupuestarios» la cuenta 401, Acreedores por
obligaciones reconocidas. Presupuestos de gastos cerrados» figurará con el siguiente
desglose:
«401.
cerrados.
4010.
40100.
40101.
40102.
4011.

Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuestos de gastos
Operaciones de gestión.
Obligaciones reconocidas.
Propuestas de pago.
Pagos ordenados.
Otras cuentas a pagar.

40110. Obligaciones reconocidas.
40111. Propuestas de pago.
40112. Pagos ordenados.
4013.
40130.
40131.
40132.

Otras deudas.
Obligaciones reconocidas.
Propuestas de pago.
Pagos ordenados.»

5. La definición y relaciones contables de la cuenta 401, «Acreedores por
obligaciones reconocidas. Presupuestos de gastos cerrados» pasa a tener la siguiente
redacción:
«Las subcuentas de desarrollo recogen las obligaciones reconocidas con
cargo a créditos de presupuestos vigentes en ejercicios anteriores, cuyo pago no
ha sido hecho efectivo en 31 de diciembre del precedente.
Funcionará a través de sus divisionarias atendiendo al origen o naturaleza de
las obligaciones, de acuerdo con lo establecido en las normas de elaboración de
las cuentas anuales, y dentro de estas divisionarias, atendiendo a la fase en que
se encuentren.
Figurará en el pasivo corriente del balance, en el epígrafe IV, "Acreedores y
otras cuentas a pagar", salvo la subcuenta 4013, "Otras deudas", que figurará en
el epígrafe II, "Deudas a corto plazo".
40100, 40110 y 40130.

Obligaciones reconocidas.

a) Se abonarán con cargo a la cuenta 120 «Resultados de ejercicios
anteriores» o bien a la cuenta de balance a la que el gasto presupuestario se
hubiera imputado, por la modificación del saldo inicial de las obligaciones
reconocidas en ejercicios anteriores que sea consecuencia de errores. En el caso
de modificación de obligaciones con origen en gastos económicos y de poca
importancia relativa se podrá abonar con cargo a las cuentas de gastos por
naturaleza que correspondan.
Este asiento se realizará en positivo o negativo en función del signo de la
modificación.
b) Se cargarán con abono a:
b.1) Respectivamente, las subcuentas 40101, 40111 y 40131 "Propuestas de
pago", por las propuestas de pago expedidas durante el ejercicio.

cve: BOE-A-2022-559
Verificable en https://www.boe.es

Recogen las obligaciones reconocidas con imputación a presupuestos
cerrados que en 31 de diciembre anterior estaban pendientes de proponer el pago,
así como las modificaciones de estas obligaciones producidas durante el ejercicio.