III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. (BOE-A-2022-600)
Orden TED/12/2022, de 12 de enero, por la que se inhabilita a Another Energy Option, SL, para el ejercicio de la actividad de comercialización de gas natural y se determina el traspaso de sus clientes a las comercializadoras de último recurso.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3686

ANEXO I.1
Comunicación de la comercializadora de último recurso a los clientes de Another
Energy Option, SL que tienen derecho a acogerse a la tarifa de último recurso de
gas natural
La Orden de la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, de «Fecha de la orden», ha determinado el traspaso de los clientes
de Another Energy Option, SL a la comercializadora de último recurso «Denominación
comercializador de último recurso». Por este motivo procede informarle de lo siguiente:
1. Another Energy Option, SL no puede ejercer la actividad de comercialización de
gas natural al haber sido inhabilitada para el desarrollo de la actividad de
comercialización de gas natural por incumplimiento de la normativa en vigor.
2. Al objeto de garantizar su suministro de gas natural, y en cumplimiento de lo
previsto en los artículos 57 y 82 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, pasará a tener contratado su suministro a partir de «Fecha» por la
comercializadora de último recurso «Denominación comercializador de último recurso»
en las mismas condiciones técnicas que las estipuladas en el contrato anterior con
Another Energy Option, SL y al precio de la tarifa de último recurso en vigor que le
corresponda de acuerdo a su volumen de consumo anual, publicada mediante la
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Política Energética y
Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural, que en estos
momentos tiene el siguiente valor antes de impuestos:
Tarifa
Fijo
Variable


(€/cliente)/mes cent €/kWh

TUR 1: Consumo anual inferior o igual a 5.000 kWh/año.

5,44

4,862181

TUR 2: Consumo anual superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a
15.000 kWh/año.

10,24

4,520114

TUR 3: Consumo anual superior a 15.000 kWh/año e inferior o igual a
50.000 kWh/año.

22,02

4,264805

3. En caso de que no desee ser suministrado por «Denominación comercializador
de último recurso», usted deberá, antes de que transcurra el plazo de seis días desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la mencionada orden ministerial, es
decir, con anterioridad a «Fecha», contratar el suministro con cualquier empresa
comercializadora a un precio libremente pactado o contratar con otra comercializadora
de último recurso al precio de la tarifa de último recurso. Para su información puede
consultar los listados de comercializadores de gas natural y de comercializadoras de
último recurso que se encuentran disponibles en la página web de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia https://sede.cnmc.gob.es/listado/censo/4, así como el
comparador de precios de gas natural https://comparador.cnmc.gob.es/
Transcurrido dicho plazo podrá, en cualquier momento, contratar su suministro con
cualquier empresa comercializadora a un precio libremente pactado o contratar con otra
comercializadora de último recurso a la tarifa de último recurso. Entre tanto, seguirá
siendo suministrado por «Denominación comercializador de último recurso» al precio
señalado en el apartado 2 de la presente comunicación.

cve: BOE-A-2022-600
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 12