III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-556)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización de las infraestructuras de riego de los sectores XII y XIII del Canal de Monegros, Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan (Huesca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Jueves 13 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3394

Dicho órgano solicitó consultas a las administraciones públicas afectadas e
interesados el 13 de abril de 2021, reflejándose en el anexo 1 las consultas realizadas y
las contestaciones recibidas, que figuran en el expediente.
El informe sobre el resultado de ambos trámites de la Dirección General de
Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (Subdirección General de
Regadíos Caminos Naturales e Infraestructuras Rurales) está fechado en junio de 2021.
A la información pública no se recibió ninguna alegación.
En el expediente también obra un informe de la consultora del promotor (CINGRAL),
fechado en julio de 2021, con la consideración que da a lo manifestado en cada una de
las contestaciones a las consultas.
Los aspectos más relevantes para esta evaluación puestos de manifiesto tanto por
los consultados como por el promotor se resumen a continuación en el apartado de
análisis técnico del expediente.
La entrada en el órgano ambiental de la solicitud de evaluación de impacto ambiental
ordinaria con el expediente se produjo el 17 de agosto de 2021.
4.
4.1

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

El Estudio de impacto ambiental considera tres alternativas, además de la no actuación:
Alternativa 1. Bombeo a Balsa BP3 con turbina-bomba y rebombeo a piso 4.
Alternativa 2. Bombeo directo a red piso 3.
Alternativa 3. Bombeo a balsa BP3 para 677,71 ha.
Las tres alternativas tienen efectos ambientales similares en lo que respecta a
afecciones por kilómetros de tuberías, ocupación de terreno por las balsas, línea
eléctrica y la ocupación de la superficie necesaria para las construcciones de los equipos
de bombeo. Ninguna afecta a espacios naturales protegidos, Natura 2000, yacimientos
arqueológicos o vías pecuarias.
La alternativa seleccionada por el promotor es la Alternativa 1, por tener el coste
energético en fase de explotación más bajo.
4.2

Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas
recibidas y de las observaciones finales del promotor, se resumen a continuación por
fases del proyecto los impactos significativos y su tratamiento. El resto de los impactos
contemplados en el Estudio que se ha considerado que son compatibles o moderados y
que tienen en dicho documento un tratamiento adecuado y suficiente no se detallan en la
presente Declaración, pudiendo consultarse dicho documento en el enlace web indicado
en el apartado 1, figurando la evaluación de impactos en las páginas 57 a 81, las
medidas mitigadoras en las páginas 82 a 95 y el seguimiento en páginas 95 a 100.
Suelo, subsuelo, geodiversidad:

Construcción: El Estudio de impacto prevé los habituales impactos derivados de la
generación de residuos durante las obras, en particular de la construcción y demolición,
y por contaminación accidental, impactos que pueden afectar también al factor agua.
Frente a dichos impactos, el proyecto incorpora un plan de gestión de residuos conforme
al Decreto 148/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el
Catálogo Aragonés de Residuos y al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que
se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Asimismo, prevé disponer un área habilitada para almacenamiento de residuos no
peligrosos y peligrosos y una zona para lavado de cubas de hormigón. Se considera

cve: BOE-A-2022-556
Verificable en https://www.boe.es

4.2.1