III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-556)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización de las infraestructuras de riego de los sectores XII y XIII del Canal de Monegros, Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan (Huesca)".
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Jueves 13 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3409

Comunidad de Regantes cada dos años de acuerdo con el seguimiento adaptativo de la
concentración de los mencionados nutrientes y contaminantes en los cuatro principales
retornos y de su integración para el conjunto de la zona de riego.
5.2.2.5 Las concentraciones límite de contaminantes en el conjunto de los retornos
del riego mencionadas en el punto anterior se podrán flexibilizar o modificar cuando se
desarrolle e implante la aplicación efectiva a la cuenca del río Flumen del método TMDL
de cargas máximas totales diarias admisibles propuesto en el Estudio de impacto
mediante la resolución que corresponda de la Confederación Hidrográfica del Ebro, o
bien en el caso de que las administraciones competentes en agua y agricultura adopten
otra normativa y medidas específicas para la cuenca del río Flumen dirigidas a garantizar
el logro desde 2027 de los objetivos ambientales de la masa de agua ES091164
afectada, siempre que el seguimiento confirme que con su aplicación se consigue el
cumplimiento de sus objetivos medioambientales.
5.2.3

Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario:

Diseño y construcción:
5.2.3.1 No se localizará ningún acopio, parque de maquinaria u otras superficies
auxiliares sobre vegetación natural o hábitats de interés comunitario. En la ejecución de
las zanjas para tuberías, los acopios se harán en terreno agrícola. Todos los terrenos con
vegetación natural o forestal atravesados por las obras de las conducciones serán
posteriormente restaurados en su geomorfología, suelo y cubierta vegetal original.
5.2.3.2 El balizamiento para protección y exclusión de actividades se extenderá a
todas las superficies con poblaciones de Limonium hibericum existentes en la proximidad
de las obras. En caso de afección inevitable, se procederá previamente a la traslocación
de los ejemplares afectados a un hábitat apropiado y seguro bajo las indicaciones de los
Agentes de Protección de la Naturaleza.
5.2.3.3 Se preservará de la modernización (hidrantes y red terciaria) a las
parcelas 32 y 36 del polígono 10 del término municipal de Sariñena, así como a otras de
suelo salinizado o encharcable susceptibles de ser utilizadas preferentemente para
aplicación de la medida compensatoria de la pérdida de hábitats provocada en fase de
explotación por la modernización a escala parcela que se refiere a continuación (banco
de tierras para compensaciones).

5.2.3.4 La pérdida de hábitats de interés comunitario que se derive de las
roturaciones de terrenos forestales y vegetación natural que sean autorizadas por el
INAGA en el proceso de reconfiguración y modernización del sistema de riego a escala
parcela inducido por el proyecto serán objeto de medidas compensatorias apropiadas,
con un factor de compensación en superficie de 1,15. A tal efecto, antes de la entrada en
explotación del proyecto debe haberse conformado un banco de tierras de
compensación con al menos 15 ha originalmente cultivadas en las que el cultivo
entonces ya se haya abandonado para restablecimiento de los hábitats de interés
comunitario de mayor interés en el territorio, incluyendo los hábitats halófilos y
halonitrófilos de códigos 1310, 1410, 1420, 1430 y 1510, de la especie endémica
Limonium hibericum y de tarayales (92D0). Se realizarán las gestiones precisas para
asegurar que en dicho banco de tierras estén incluidas las parcelas 32 y 36 del
polígono 10 del término municipal de Sariñena integrantes de la superficie salinizada de
mayor interés de conservación identificada en el Estudio de flora y vegetación, así como
de otras parcelas agrícolas salinizadas o encharcables que puedan resultar igualmente
adecuadas para el restablecimiento de los mencionados hábitats y especie tras el
abandono del cultivo. La superficie de compensación inicialmente prevista de 15 ha será
ampliada si las roturaciones autorizadas por el INAGA acumuladas en la zona de riego
superan la previsión del Estudio de 13 ha, aplicando al exceso el mismo factor de
compensación de 1,15. La configuración final del banco de tierras de compensación se

cve: BOE-A-2022-556
Verificable en https://www.boe.es

Explotación: