III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-556)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización de las infraestructuras de riego de los sectores XII y XIII del Canal de Monegros, Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan (Huesca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Jueves 13 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3404

retornos del riego con su vegetación palustre y ribereña asociada van a constituir uno de
los pocos hábitats que mantengan cierto valor para las aves, y se van a configurar como
uno de los escasos elementos de infraestructura verde con funciones de conectividad
ecológica. Sin embargo, la esperable e inevitable reducción en el caudal de los retornos
del riego derivada de la modernización y la previsión de emplear los residuos del
desmantelamiento de las canaletas de hormigón obsoletas para transformar los actuales
desagües abiertos en drenajes subterráneos comprometen su persistencia y la
continuidad de sus actuales funciones ecológicas en el territorio. Por ello, se considera
necesario de una parte evitar que se transformen en drenajes subterráneos todos los
actuales desagües superficiales que mantengan una mínima vegetación palustre o
ribereña que pueda constituir hábitat para la avifauna acuática, y de otra parte
compensar los efectos de la inevitable pérdida de caudal de los retornos del riego
asociada a la modernización sobre la avifauna acuática mediante la construcción de los
humedales a que se hace referencia en el apartado 4.2.2. al final de cada uno de los
cuatro principales desagües de la zona de riego, con el doble objetivo de reducir los
niveles de contaminación difusa de los retornos que finalmente alcancen el río Flumen y
de mantener una superficie de humedal y vegetación palustre en la zona de riego que
garantice la persistencia en ella de poblaciones de las mencionadas especies de aves
palustres y acuáticas, que puede a su vez generar efectos sinérgicos positivos y
complementariedades con la próxima Laguna de Sariñena.
4.2.5

Espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000:

Ni el Estudio ni las consultas a las administraciones afectadas han puesto de
manifiesto la posibilidad de efectos sobre los espacios naturales protegidos o espacios
Red Natura 2000. El más próximo es la Zona de Especial Protección para las Aves
ES0000294 Laguna de Sariñena y Balsa de la Estación, que se encuentra en la margen
derecha del río Flumen y a una cota que no hace prever que los efectos del proyecto
sobre la calidad y cantidad del agua, que afectan fundamentalmente al río Flumen,
puedan tener alguna repercusión sobre dicha laguna a través masas de agua
subterráneas. No obstante, ya se ha comentado que la comunidad de aves acuáticas y
palustres objeto de protección en la Laguna de Sariñena puede eventualmente utilizar
las formaciones helofíticas existentes a lo largo de las vaguadas y desagües y las
charcas de la zona de riego. Únicamente para prevenir posibles efectos indirectos sobre
algún espacio próximo por la realización de préstamos de áridos para material de cama
de apoyo para las tuberías de la red de distribución, el Estudio prevé excluir los espacios
Natura 2000 como origen de dichos préstamos.
4.2.6

Bienes materiales: montes de utilidad pública y vías pecuarias:

En la zona existen algunas vías pecuarias, pero no se verán afectadas por el
proyecto: el Cordel de «Valmaria o de los Barrancos» discurre bordeando varias parcelas
de la zona regable, y la Cañada Real de la «Sardera» atraviesa una parcela de la zona
regable pero no es necesario afectarla.
Paisaje:

El Estudio prevé impactos sobre el actual paisaje de regadío de la zona por
introducción con el proyecto de nuevos elementos artificiales. Frente a dichos impactos
prevé diseñar las arquetas para los elementos de control de la red de riego con
materiales propios de la arquitectura local, realizar una plantación con especies de la
zona en el entorno de las nuevas estaciones de bombeo, restablecer el relieve original y
la capa superficial del suelo tras el tendido de la nueva red de tuberías, desmantelar
todas las instalaciones auxiliares, gradear las superficies de los parques de maquinaria y
eliminar todos los residuos de obra.

cve: BOE-A-2022-556
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4.2.7