III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-556)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización de las infraestructuras de riego de los sectores XII y XIII del Canal de Monegros, Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan (Huesca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3401
vulnerables de Aragón por la mencionada Orden AGM/83/2021. Ello confirma que, en
atención a las singularidades de esta zona de riego y a las características de la masa de
agua del Flumen receptora de sus retornos, la regulación de la fertilización nitrogenada
que se adopte en la comunidad de regantes tiene que estar orientada al objetivo de
lograr el buen estado en la masa del río Flumen desde 2027 y debe ser más exigente
que la adoptada con carácter general para el conjunto de zonas vulnerables por la
mencionada Orden, que además no aplica en el municipio de Lanaja, solo contiene
recomendaciones para la fertilización fosforada y no incluye ninguna disposición sobre
sustancias activas de fitosanitarios.
Estas medidas mitigadoras adicionales se detallan en el correspondiente apartado de
esta declaración.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario:
Construcción: El estudio incluye un estudio específico de vegetación y flora y
contempla el impacto por destrucción de vegetación y hábitats de interés comunitario
debido a las ocupaciones y actividades de la obra, destacando la existencia de varias
zonas de interés botánico. En lo relativo a flora, no se han localizado poblaciones de
especies protegidas, si bien es previsible un impacto sobre la especie endémica y de
interés en el territorio Limonium hibericum, presente en lindes de cultivos muy
salinizados, ribazos, márgenes de acequia, comunidades de Lygeum spartium y
humedales estacionales. Frente a este impacto, el Estudio prevé el balizamiento de las
zonas bien conservadas o con plantas de interés en una zona de matorral contigua a la
zona de situación de la balsa BP3, en unas zonas de saladar en la subcuenca de Las
Negras y entre la ribera del Flumen y el humedal artificial del Matical. Asimismo, prevé
preservar de la modernización algunas parcelas menos productivas agrícolamente
(salinizadas, encharcables), haciendo referencia al interés de una superficie
representada en un mapa en el anexo III del Informe de la Prospección Botánica (anejo 9
del EsIA). La Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal considera positiva
esta medida. El Estudio no llega a identificar catastralmente las parcelas que integran
dicha superficie, pero del contraste del plano de dicho anexo III con la cartografía
SIGPAC se deduce que comprende las parcelas 32 y 36 del polígono 10 del municipio de
Sariñena. El Estudio también prevé no ubicar superficies o instalaciones auxiliares sobre
hábitats de interés comunitario, prohibir el paso de maquinaria y la ubicación de
instalaciones auxiliares y acopios sobre vegetación natural, que en la ejecución de las
zanjas para tuberías los acopios se hagan sobre terreno agrícola, y que los terrenos
forestales atravesados sean posteriormente restaurados. La Dirección General de Medio
Natural y Gestión Forestal requiere además extender el balizamiento a todas las
poblaciones próximas de Limonium hibericum, y que en caso de afección inevitable se
proceda previamente a traslocación de los ejemplares bajo las indicaciones de los
Agentes de Protección de la Naturaleza.
Explotación: el referido impacto por destrucción de vegetación o de poblaciones de
Limonium hibericum provocado en la construcción se prolongará durante la fase de
explotación. Pero el principal impacto que se provocará en fase de explotación sobre la
vegetación ha sido puesto de manifiesto por el INAGA, y es el producido por la posterior
modernización del sistema de riego a escala de parcelas inducido por la modernización de
la infraestructura común, que puede suponer una reconfiguración de las superficies de
cultivo de la parcela con eliminación de bancales o roturación de parches originalmente
ocupados por vegetación natural. Tal impacto puede afectar especialmente al hábitat de
interés comunitario 1430 «Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea)» particularmente
frecuente en los ribazos entre bancales. Tratándose de unas pérdidas netas de
biodiversidad, resulta necesario establecer medidas compensatorias. En este sentido, hay
que considerar que la modernización de la instalación de riego a escala parcela y los
cambios derivados en el cultivo no están sujetos a autorización por la administración
agraria, pero la roturación de superficies forestales asociada a la reconfiguración de las
parcelas sí requiere de previa autorización por la administración forestal.
cve: BOE-A-2022-556
Verificable en https://www.boe.es
4.2.3
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3401
vulnerables de Aragón por la mencionada Orden AGM/83/2021. Ello confirma que, en
atención a las singularidades de esta zona de riego y a las características de la masa de
agua del Flumen receptora de sus retornos, la regulación de la fertilización nitrogenada
que se adopte en la comunidad de regantes tiene que estar orientada al objetivo de
lograr el buen estado en la masa del río Flumen desde 2027 y debe ser más exigente
que la adoptada con carácter general para el conjunto de zonas vulnerables por la
mencionada Orden, que además no aplica en el municipio de Lanaja, solo contiene
recomendaciones para la fertilización fosforada y no incluye ninguna disposición sobre
sustancias activas de fitosanitarios.
Estas medidas mitigadoras adicionales se detallan en el correspondiente apartado de
esta declaración.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario:
Construcción: El estudio incluye un estudio específico de vegetación y flora y
contempla el impacto por destrucción de vegetación y hábitats de interés comunitario
debido a las ocupaciones y actividades de la obra, destacando la existencia de varias
zonas de interés botánico. En lo relativo a flora, no se han localizado poblaciones de
especies protegidas, si bien es previsible un impacto sobre la especie endémica y de
interés en el territorio Limonium hibericum, presente en lindes de cultivos muy
salinizados, ribazos, márgenes de acequia, comunidades de Lygeum spartium y
humedales estacionales. Frente a este impacto, el Estudio prevé el balizamiento de las
zonas bien conservadas o con plantas de interés en una zona de matorral contigua a la
zona de situación de la balsa BP3, en unas zonas de saladar en la subcuenca de Las
Negras y entre la ribera del Flumen y el humedal artificial del Matical. Asimismo, prevé
preservar de la modernización algunas parcelas menos productivas agrícolamente
(salinizadas, encharcables), haciendo referencia al interés de una superficie
representada en un mapa en el anexo III del Informe de la Prospección Botánica (anejo 9
del EsIA). La Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal considera positiva
esta medida. El Estudio no llega a identificar catastralmente las parcelas que integran
dicha superficie, pero del contraste del plano de dicho anexo III con la cartografía
SIGPAC se deduce que comprende las parcelas 32 y 36 del polígono 10 del municipio de
Sariñena. El Estudio también prevé no ubicar superficies o instalaciones auxiliares sobre
hábitats de interés comunitario, prohibir el paso de maquinaria y la ubicación de
instalaciones auxiliares y acopios sobre vegetación natural, que en la ejecución de las
zanjas para tuberías los acopios se hagan sobre terreno agrícola, y que los terrenos
forestales atravesados sean posteriormente restaurados. La Dirección General de Medio
Natural y Gestión Forestal requiere además extender el balizamiento a todas las
poblaciones próximas de Limonium hibericum, y que en caso de afección inevitable se
proceda previamente a traslocación de los ejemplares bajo las indicaciones de los
Agentes de Protección de la Naturaleza.
Explotación: el referido impacto por destrucción de vegetación o de poblaciones de
Limonium hibericum provocado en la construcción se prolongará durante la fase de
explotación. Pero el principal impacto que se provocará en fase de explotación sobre la
vegetación ha sido puesto de manifiesto por el INAGA, y es el producido por la posterior
modernización del sistema de riego a escala de parcelas inducido por la modernización de
la infraestructura común, que puede suponer una reconfiguración de las superficies de
cultivo de la parcela con eliminación de bancales o roturación de parches originalmente
ocupados por vegetación natural. Tal impacto puede afectar especialmente al hábitat de
interés comunitario 1430 «Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea)» particularmente
frecuente en los ribazos entre bancales. Tratándose de unas pérdidas netas de
biodiversidad, resulta necesario establecer medidas compensatorias. En este sentido, hay
que considerar que la modernización de la instalación de riego a escala parcela y los
cambios derivados en el cultivo no están sujetos a autorización por la administración
agraria, pero la roturación de superficies forestales asociada a la reconfiguración de las
parcelas sí requiere de previa autorización por la administración forestal.
cve: BOE-A-2022-556
Verificable en https://www.boe.es
4.2.3