III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
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Sec. III. Pág. 2981
Medios auxiliares (andamios colgados, modulares, borriquetas, etc.).
Equipos de trabajo (aparatos elevadores, pequeña maquinaria, etc.).
Señalización.
Simbología de los productos y materiales utilizados en las obras de construcción.
c) Primeros auxilios y medidas de emergencia:
– Procedimientos generales.
– Plan de actuación.
d) Derechos y obligaciones:
– Participación, información, consulta y propuestas.
2) Contenido formativo en función del puesto: Segundo ciclo de formación.
Los programas formativos y contenidos específicos para los trabajos de cada puesto
o familia profesional de aquellos cursos que, como consecuencia de lo previsto en el
artículo 10.2 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el
Sector de la Construcción, serán impartidos por las empresas o por la FMF, bien
directamente o a través de centros de formación previamente homologados, que serán
los que se señalan a continuación.
3) Contenido formativo para los directivos de las empresas.
a) El compromiso en materia preventiva de los responsables de la empresa se
considera imprescindible para que la estructura jerárquica tenga presente la seguridad y
salud en todos los aspectos que se suscitan durante la ejecución de las actividades y
sectores del Metal que trabajan en las obras de construcción, ya que sin su implicación
se hace imposible conseguir la cultura preventiva pretendida dentro de la empresa. Así
pues, se requiere una formación en materia preventiva de esta figura en la estructura
empresarial.
b) El contenido formativo para directivos de empresa, cuyo módulo tendrá una
duración mínima de 10 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A.
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B.
Integración de la prevención en la gestión de la empresa:
La seguridad del producto.
El manual (política, procedimientos, planes, etc.).
Integración con los diferentes sistemas (calidad y medio ambiente). Gestión total.
Las auditorías internas.
Obligaciones y responsabilidades:
– Funciones, obligaciones y responsabilidades.
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D.
Organización y planificación:
Plan de prevención de riesgos laborales.
Evaluación de riesgos.
Planificación de la prevención.
Sistemas de control sobre los riesgos existentes.
Modalidades preventivas.
Costes de la accidentalidad y rentabilidad de la prevención:
– Los costes de los accidentes de trabajo.
– Métodos de cálculo de los costes de los accidentes.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
C.
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
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Sec. III. Pág. 2981
Medios auxiliares (andamios colgados, modulares, borriquetas, etc.).
Equipos de trabajo (aparatos elevadores, pequeña maquinaria, etc.).
Señalización.
Simbología de los productos y materiales utilizados en las obras de construcción.
c) Primeros auxilios y medidas de emergencia:
– Procedimientos generales.
– Plan de actuación.
d) Derechos y obligaciones:
– Participación, información, consulta y propuestas.
2) Contenido formativo en función del puesto: Segundo ciclo de formación.
Los programas formativos y contenidos específicos para los trabajos de cada puesto
o familia profesional de aquellos cursos que, como consecuencia de lo previsto en el
artículo 10.2 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el
Sector de la Construcción, serán impartidos por las empresas o por la FMF, bien
directamente o a través de centros de formación previamente homologados, que serán
los que se señalan a continuación.
3) Contenido formativo para los directivos de las empresas.
a) El compromiso en materia preventiva de los responsables de la empresa se
considera imprescindible para que la estructura jerárquica tenga presente la seguridad y
salud en todos los aspectos que se suscitan durante la ejecución de las actividades y
sectores del Metal que trabajan en las obras de construcción, ya que sin su implicación
se hace imposible conseguir la cultura preventiva pretendida dentro de la empresa. Así
pues, se requiere una formación en materia preventiva de esta figura en la estructura
empresarial.
b) El contenido formativo para directivos de empresa, cuyo módulo tendrá una
duración mínima de 10 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A.
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B.
Integración de la prevención en la gestión de la empresa:
La seguridad del producto.
El manual (política, procedimientos, planes, etc.).
Integración con los diferentes sistemas (calidad y medio ambiente). Gestión total.
Las auditorías internas.
Obligaciones y responsabilidades:
– Funciones, obligaciones y responsabilidades.
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D.
Organización y planificación:
Plan de prevención de riesgos laborales.
Evaluación de riesgos.
Planificación de la prevención.
Sistemas de control sobre los riesgos existentes.
Modalidades preventivas.
Costes de la accidentalidad y rentabilidad de la prevención:
– Los costes de los accidentes de trabajo.
– Métodos de cálculo de los costes de los accidentes.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
C.