III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

E.

Sec. III. Pág. 2980

Formación de reciclaje

1. La formación de reciclaje tendrá una duración mínima de cuatro horas que será
impartida cada cuatro años.
2. La formación se impartirá de manera presencial, si bien se permitirá la modalidad
de teleformación para las acciones de reciclaje de directivos y personal de oficina.
3. El esquema formativo será el mismo que el establecido para la formación mínima
de directivos, personal de oficina o la parte específica de la formación de las personas
trabajadoras del área de producción y/o mantenimiento según corresponda.
4. Asimismo, esta acción formativa se impartirá, antes de la incorporación al puesto
de trabajo, en el caso de que la persona trabajadora haya estado de manera continuada
alejado del sector durante al menos un año.
5. En el supuesto, de que la actividad principal de la persona trabajadora esté
formada por varias actividades vinculadas a diferentes oficios, se atenderá, en el
esquema general del módulo de reciclaje, a que la formación abarque todos los riegos y
medidas preventivas asociados a los mismos.
ANEXO III
Reconocimiento de la formación recibida por las personas trabajadoras sobre
la consideración del lugar de trabajo como obra de construcción, y realicen
su actividad en un lugar trabajo distinto, y viceversa
Formación en origen

Acceso a

Requisitos previos

Curso nivel básico metal (50 horas).

Módulo de 14 horas sobre parte troncal de oficios definido
Curso nivel básico construcción (60 horas). como patrón base.
(Anexo VI apartado B).

Curso nivel básico metal (50 horas).

Curso oficio construcción (20 horas).

Módulo parte específica oficio (6 horas).

Curso nivel básico construcción (60 horas). Curso nivel básico metal (50 horas).

Convalidación automática.

Curso nivel básico construcción (60 horas). Curso oficio metal (20 horas).

Módulo parte específica oficio (8 horas).

Curso oficio construcción (20 horas).

Curso oficio metal (20 horas).

Módulo parte específica oficio (8 horas).

Curso oficio metal (20 horas).

Curso oficio construcción (20 horas).

Módulo parte específica de oficio (6 horas).

ANEXO IV
Contenidos formativos mínimos en materia de prevención de riesgos laborales
para las personas trabajadoras del sector del metal que trabajan en obras
de construcción
1)

Contenido formativo del primer ciclo de formación: nivel inicial.

Este contenido formativo, que tendrá una duración de ocho horas, se esquematiza de
la siguiente forma:
Conceptos básicos sobre seguridad y salud:

– El trabajo y la salud. Los riesgos profesionales. Factores de riesgo.
– Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales. Deberes y
obligaciones básicas en esta materia.
b)

Técnicas preventivas elementales sobre riesgos genéricos:

– Caídas a distinto nivel, manipulación de cargas, medios de protección colectiva,
equipos de protección individual, etc.

cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es

a)