III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2918
16. Tareas de localización de averías, la realización de las reparaciones y la
reposición del servicio, así como la realización de las maniobras necesarias «in situ» de
carácter programado o no programado en entornos especialmente peligrosos para la
propia seguridad o para la seguridad de otros.
17. Tareas que suponen la supervisión y vigilancia del cumplimiento de normas
generales de seguridad en la ejecución de maniobras en entornos especialmente
peligrosos para la propia seguridad o para la seguridad de otros.
Grupo profesional 6
Criterios generales.
Tareas que se ejecuten con un alto grado de dependencia, claramente establecidas,
con instrucciones específicas. Pueden requerir preferentemente esfuerzo físico, con
escasa formación o conocimientos muy elementales y que ocasionalmente pueden
necesitar de un pequeño período de adaptación.
Formación.
Formación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, así como a
conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.
Comprende, a título orientativo, las siguientes categorías:
a)
Empleados y empleadas:
Personal de almacén.
Auxiliares en general.
Dependiente/a.
Operador/a de ordenador.
Atención telefónica.
Las categorías que exigen título o autorización (Guarda Jurado/a) podrían justificar
otro encuadramiento, por lo que quedarán, por doble motivo, pendientes de la
negociación que se desarrolle en ámbitos inferiores.
b)
Personal de operaciones:
Chófer de turismo.
Conducción de máquina.
Especialista.
Profesional de oficio de 3.ª
Profesional siderúrgico de 3.ª
Tareas.
1. Actividades sencillas, que exijan regulación y puesta a punto o manejo de
cuadros, indicadores y paneles no automáticos.
2. Tareas de electrónica, siderurgia, automación, instrumentación, montaje o
soldadura, albañilería, carpintería, electricidad, mecánica, pintura, etc.
3. Tareas elementales en laboratorio.
4. Tareas de control de accesos a edificios y locales sin requisitos especiales ni
arma.
5. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de
idiomas. Telefonista y/o recepcionista.
6. Trabajos de reprografía en general. Reproducción y calcado de planos.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
Ejemplos. En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas
actividades que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2918
16. Tareas de localización de averías, la realización de las reparaciones y la
reposición del servicio, así como la realización de las maniobras necesarias «in situ» de
carácter programado o no programado en entornos especialmente peligrosos para la
propia seguridad o para la seguridad de otros.
17. Tareas que suponen la supervisión y vigilancia del cumplimiento de normas
generales de seguridad en la ejecución de maniobras en entornos especialmente
peligrosos para la propia seguridad o para la seguridad de otros.
Grupo profesional 6
Criterios generales.
Tareas que se ejecuten con un alto grado de dependencia, claramente establecidas,
con instrucciones específicas. Pueden requerir preferentemente esfuerzo físico, con
escasa formación o conocimientos muy elementales y que ocasionalmente pueden
necesitar de un pequeño período de adaptación.
Formación.
Formación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, así como a
conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.
Comprende, a título orientativo, las siguientes categorías:
a)
Empleados y empleadas:
Personal de almacén.
Auxiliares en general.
Dependiente/a.
Operador/a de ordenador.
Atención telefónica.
Las categorías que exigen título o autorización (Guarda Jurado/a) podrían justificar
otro encuadramiento, por lo que quedarán, por doble motivo, pendientes de la
negociación que se desarrolle en ámbitos inferiores.
b)
Personal de operaciones:
Chófer de turismo.
Conducción de máquina.
Especialista.
Profesional de oficio de 3.ª
Profesional siderúrgico de 3.ª
Tareas.
1. Actividades sencillas, que exijan regulación y puesta a punto o manejo de
cuadros, indicadores y paneles no automáticos.
2. Tareas de electrónica, siderurgia, automación, instrumentación, montaje o
soldadura, albañilería, carpintería, electricidad, mecánica, pintura, etc.
3. Tareas elementales en laboratorio.
4. Tareas de control de accesos a edificios y locales sin requisitos especiales ni
arma.
5. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de
idiomas. Telefonista y/o recepcionista.
6. Trabajos de reprografía en general. Reproducción y calcado de planos.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
Ejemplos. En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas
actividades que, por analogía, son equiparables a las siguientes: