III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

b)

Sec. III. Pág. 2917

Personal de operaciones:

Chofer de camión.
Coordinación de grupo.
Profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª
Profesional siderúrgico de 1.ª y 2.ª
Personal de diques y buques (2).
Tareas.

1. Tareas administrativas desarrolladas con utilización de aplicaciones informáticas.
2. Tareas elementales de cálculo de salarios, valoración de costes, funciones de
cobro y pago, etc., dependiendo y ejecutando directamente las órdenes de un mando
superior.
3. Tareas de electrónica, siderurgia, automación, instrumentación, montaje o
soldadura, albañilería, carpintería, electricidad, pintura, mecánica, etc., con capacitación
suficiente para resolver todos los requisitos de su oficio o responsabilidad.
4. Tareas de control y regulación de los procesos de producción que generan
transformación de producto.
5. Tareas de venta y comercialización de productos de reducido valor unitario y/o
tan poca complejidad que no requieran de una especialización técnica distinta de la
propia demostración, comunicación de precios y condiciones de crédito y entrega,
tramitación de pedidos, etc.
6. Tareas de cierta complejidad de preparación de operaciones en máquinas
convencionales que conlleve el autocontrol del producto elaborado.
7. Tareas de archivo, registro, cálculo, facturación o similares que requieran algún
grado de iniciativa.
8. Tareas de despacho de pedidos, revisión de mercancías y distribución con
registro en libros o mecánicas, al efecto de movimiento diario.
9. Tareas de lectura, anotación y control, bajo instrucciones detalladas, de los
procesos industriales o el suministro de servicios generales de fabricación.
10. Tareas de mecanografía, con buena presentación de trabajo y ortografía
correcta y velocidad adecuada que pueden llevar implícita la redacción de
correspondencia según formato e instrucciones específicas, pudiendo utilizar paquetes
informáticos como procesadores de textos o similares.
11. Tareas elementales de delineación de dibujo, calcos o litografías que otros han
preparado, así como cálculos sencillos.
12. Ejercer mando directo al frente de un conjunto de operarios/as en trabajo de
carga y descarga, limpieza, acondicionamiento, movimiento de tierras, realización de
zanjas, etc., generalmente de tipo manual o con máquinas, incluyendo procesos
productivos.
13. Controlar la calidad de la producción o el montaje, realizando inspecciones y
reclasificaciones visuales o con los correspondientes aparatos, decidiendo sobre el
rechazo en base a normas fijadas, reflejando en partes o a través de plantilla los
resultados de la inspección.
14. Toma de datos de procesos de producción, referentes a temperaturas,
humedades, aleaciones, duración de ciclos, porcentajes de materias primas, desgastes
de útiles, defectos, anormalidades, etc., reflejando en partes o a través de plantilla todos
los datos según código al efecto.
15. Realizar agrupaciones de datos, resúmenes, estadísticas, cuadros,
seguimientos, histogramas, certificaciones, etc., con datos suministrados por otros que
los toman directamente en base a normas generalmente precisas.

cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es

Ejemplos. En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas
actividades que, por analogía, son equiparables a las siguientes: