III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-478)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2840

Área Funcional

Grupo Profesional

V. Directores/as.
IV. Técnicos.
Administración y Gestión de la
empresa.

II. Gestores de Administración.

I. Auxiliares de Administración.

V. Mandos.

IV. Técnicos.

III. Coordinadores.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
II. Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.

I. Auxiliares de venta y sala.

Servicios Logísticos.

V. Dirección.

Salario anual

(en euros)

Salario mensual
(12 meses
y tres pagas
extraordinarias)

(en euros)

Director.

17.631,93

1.175,46

Técnico analista de sistemas.

16.325,91

1.088,40

Técnico informático.

15.680,39

1.045,40

Secretario/a.

14.880,62

992,04

Oficial Administrativo.

14.020,87

934,70

Ayudante programador.

14.020,87

934,70

Ayudante operador/a.

13.552,70

903,51

Auxiliar administrativo.

13.552,70

903,51

Jefe Sector.

17.631,93

1.175,46

Jefe de unidad.

16.325,91

1.088,40

Jefe de sección.

16.325,91

1.088,40

Titulados/as y Técnicos/as de
Parafarmacia.

15.680,39

1.045,40

Jefe de equipo.

15.680,39

1.045,40

Segundo/a encargado/a.

14.800,00

986,66

Maquillador/a.

14.800,00

986,66

Esteticista.

14.800,00

986,66

Vendedor.

14.020,87

934,70

Comercial.

14.020,87

934,70

Repartidor.

14.020,87

934,70

Decorador.

14.020,87

934,70

Reponedor.

13.552,70

903,51

Personal auxiliar.

13.552,70

903,51

Cajero/a autoservicio.

13.552,70

903,51

Ayudante de venta y servicios.

13.552,70

903,51

Director.

17.631,93

1.175,46

Jefe de sector.

17.631,93

1.175,46

Jefe de Unidad.

16.325,91

1.088,40

Jefe de Sección.

16.325,91

1.088,40

Puesto
Convenio interprovincial

cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es

47.2 Salario base de contratación 2021: Sin perjuicio de lo establecido en el vigente
artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores/as, los salarios bases de contratación serán
los siguientes: