II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. (BOE-A-2022-405)
Resolución de 4 de enero de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2416
comunes (derecho público y gestión pública), debiendo desechar dos de los cuatro. El
otro tema deberá ser del grupo de materias específicas, entre dos extraídos al azar.
Las personas aspirantes dispondrán de veinte minutos para la preparación de este
ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o de apuntes. Durante la
exposición podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado durante el tiempo
referido de preparación.
Finalizada la intervención, el tribunal podrá dialogar con la persona opositora durante
un período máximo de quince minutos sobre aspectos de los temas que ha desarrollado.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la
claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
1.4 Cuarto ejercicio. Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá para cada
grupo de materias específicas en el análisis de un supuesto o la preparación de un
informe sobre un tema relacionado con aquellas que será desarrollado, con carácter
general, en formato electrónico. En todo caso, se garantizará su autenticidad, integridad
y conservación.
Las personas aspirantes dispondrán de cuatro horas para realizar el ejercicio y
podrán utilizar únicamente los materiales en soporte papel y/o electrónico puestos a
disposición de las personas opositoras por el tribunal para cada materia específica.
Posteriormente, será leído en sesión pública ante el tribunal, cuyos miembros podrán
dialogar con el aspirante sobre la prueba escrita o sobre cualquier otra cuestión que
consideren oportuna durante un tiempo máximo de 15 minutos.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos
generales y específicos pertinentemente incorporados al análisis o informe y la
capacidad de relacionarlos, el enfoque del entorno socioeconómico, cultural y políticoadministrativo del problema planteado, así como las competencias personales de las
personas aspirantes, el grado de madurez, equilibrio, responsabilidad y capacidad de
decisión.
1.5 Funcionarios/as de Organismos Internacionales. Las personas aspirantes que
tengan la condición de funcionario/as de organismos internacionales estarán exentas de
la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño
de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
1.6 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente: Con
el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá calificar los
ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los
baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria y conforme a lo indicado en la
base específica 5.7.
El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada
uno de los ejercicios.
En los ejercicios de la fase de oposición las calificaciones resultarán de las
puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por el tribunal.
1.6.1 Primer ejercicio. Se calificará de 0 a 40 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 20 puntos para superarlo.
Sin perjuicio de lo establecido en la base específica 8.4, las personas aspirantes que
obtengan en este ejercicio una puntuación igual o superior a 28 puntos quedarán
exentas de la práctica de este en la convocatoria inmediata siguiente, y se les computará
una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sea análogo en el contenido
del temario y forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este
derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No
obstante, si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el
resultado obtenido en la convocatoria anterior.
cve: BOE-A-2022-405
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2416
comunes (derecho público y gestión pública), debiendo desechar dos de los cuatro. El
otro tema deberá ser del grupo de materias específicas, entre dos extraídos al azar.
Las personas aspirantes dispondrán de veinte minutos para la preparación de este
ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o de apuntes. Durante la
exposición podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado durante el tiempo
referido de preparación.
Finalizada la intervención, el tribunal podrá dialogar con la persona opositora durante
un período máximo de quince minutos sobre aspectos de los temas que ha desarrollado.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la
claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
1.4 Cuarto ejercicio. Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá para cada
grupo de materias específicas en el análisis de un supuesto o la preparación de un
informe sobre un tema relacionado con aquellas que será desarrollado, con carácter
general, en formato electrónico. En todo caso, se garantizará su autenticidad, integridad
y conservación.
Las personas aspirantes dispondrán de cuatro horas para realizar el ejercicio y
podrán utilizar únicamente los materiales en soporte papel y/o electrónico puestos a
disposición de las personas opositoras por el tribunal para cada materia específica.
Posteriormente, será leído en sesión pública ante el tribunal, cuyos miembros podrán
dialogar con el aspirante sobre la prueba escrita o sobre cualquier otra cuestión que
consideren oportuna durante un tiempo máximo de 15 minutos.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos
generales y específicos pertinentemente incorporados al análisis o informe y la
capacidad de relacionarlos, el enfoque del entorno socioeconómico, cultural y políticoadministrativo del problema planteado, así como las competencias personales de las
personas aspirantes, el grado de madurez, equilibrio, responsabilidad y capacidad de
decisión.
1.5 Funcionarios/as de Organismos Internacionales. Las personas aspirantes que
tengan la condición de funcionario/as de organismos internacionales estarán exentas de
la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño
de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
1.6 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente: Con
el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá calificar los
ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los
baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria y conforme a lo indicado en la
base específica 5.7.
El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada
uno de los ejercicios.
En los ejercicios de la fase de oposición las calificaciones resultarán de las
puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por el tribunal.
1.6.1 Primer ejercicio. Se calificará de 0 a 40 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 20 puntos para superarlo.
Sin perjuicio de lo establecido en la base específica 8.4, las personas aspirantes que
obtengan en este ejercicio una puntuación igual o superior a 28 puntos quedarán
exentas de la práctica de este en la convocatoria inmediata siguiente, y se les computará
una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando sea análogo en el contenido
del temario y forma de calificación, salvo actualización normativa. Para hacer uso de este
derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No
obstante, si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el
resultado obtenido en la convocatoria anterior.
cve: BOE-A-2022-405
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Núm. 9