II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. (BOE-A-2022-406)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de la Oficina Judicial de Mollet del Vallès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Martes 11 de enero de 2022

Sec. II.B. Pág. 2444

o equivalente, de acuerdo con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica
el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos
de catalán (DOGC n.º 6536, de 9 de enero de 2014).
El conocimiento de lenguaje jurídico (nivel J) se acreditará con la certificación de la
Dirección General de Política Lingüística o del Centro de Estudios Jurídicos y Formación
Especializada, o equivalente, de acuerdo con el Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre
el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (DOGC n.º 6780, de 31 de diciembre
de 2014).
7.2 Los méritos y las capacidades de la segunda fase se valorarán mediante los
diplomas o certificados obtenidos en cursos de formación o perfeccionamiento que traten
sobre las materias anteriores, organizados u homologados por el Ministerio de Justicia,
el Instituto Nacional de Administración Publica, el Departamento de Justicia de la
Generalitat de Catalunya, la Escuela de Administración Publica de Cataluña, el Centro
de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, las universidades, los colegios
profesionales, el órgano competente de otras comunidades autónomas que hayan
recibido los traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración
de justicia o las organizaciones sindicales presentes en la mesa de negociación del
personal al servicio de la Administración de justicia en Cataluña.
7.3 La experiencia profesional, con respecto al trabajo desarrollado, se tendrá que
acreditar con un certificado del letrado de la Administración de justicia correspondiente
en que se deberán hacer constar las funciones desarrolladas.
Octava.

Comisión de Valoración.

8.1 El órgano colegiado al cual corresponde el desarrollo de este proceso de
provisión es la Comisión de Valoración, que está formada por las personas siguientes:
Titulares:
Doña Silvia Calvo Pelaz, funcionaria del grupo A1 destinada a la Secretaría para la
Administración de Justicia, que actuará como presidenta.
Doña Laura Fernández Campillos, funcionaria del cuerpo de gestión procesal y
administrativa destinada a la Secretaría para la Administración de Justicia, que actuará
como secretaria.
Doña María Nieves Tomás Santamaría, funcionaria del cuerpo de letrados de la
Administración de justicia, que actuará como vocal.
Don Jaume Terol Montiel, funcionario del grupo A1 destinado a la Gerencia de Barcelona
Comarcas del Departamento de Justicia en Barcelona, que actuará como vocal.

Doña Núria Maestro Palomar, funcionaria del grupo A1 destinada a la Secretaría para
la Administración de Justicia, que actuará como presidenta.
Don Josep Jesús Ruiz Martínez, funcionario del grupo A1 destinado a la Secretaría
para la Administración de Justicia, que actuará como secretario.
Doña Natalia Salvador Méndez, funcionaria del cuerpo de letrados de la
Administración de justicia, que actuará como vocal.
Doña Eulàlia Pascual Fabra, funcionaria del grupo A2 destinada a la Gerencia de
Barcelona Comarcas del Departamento de Justicia en Barcelona, que actuará como vocal.
Asimismo, forman parte de la Comisión un miembro titular y un miembro suplente en
representación y a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas, que
tienen más de un 10 % de representantes en el ámbito territorial de Cataluña.
Las organizaciones sindicales designarán a su representante; no obstante, una vez
solicitada la designación por parte de la Administración, si no se formula una propuesta
de nombramiento en el plazo de diez días, se entenderá que han desistido de su opción.

cve: BOE-A-2022-406
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Suplentes: