II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. (BOE-A-2022-406)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de la Oficina Judicial de Mollet del Vallès.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2442
días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el DOGC y en el BOE. En caso de que la publicación de esta
convocatoria no se haga simultáneamente en el BOE y en el DOGC, se tendrá en cuenta
la fecha de publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del
Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud deberá
presentarse telemáticamente mediante la plataforma de comunicaciones electrónicas de
la Generalitat de Catalunya e-Valisa, dirigida a la secretaria de la Comisión de
Valoración, la señora Laura Fernández Campillos.
Solo aquellas personas que en su puesto de trabajo no tengan acceso a los medios
electrónicos y no puedan presentar electrónicamente su solicitud podrán presentarla, con
carácter excepcional, en el Registro del Distrito Administrativo, en la calle del Foc, 57,
08038 Barcelona, dirigida a la Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas.
4.2 Las personas aspirantes tienen que consignar en la solicitud de participación la
denominación del puesto de trabajo al que optan y, si se quiere concursar al mismo
tiempo por más de un puesto de trabajo de esta convocatoria, tendrán que indicar por
orden de preferencia las denominaciones correspondientes de los puestos a los que
optan, que figuran en el anexo 2, siempre que reúnan los requisitos que se exigen.
4.3 En la solicitud habrá que adjuntar, si procede, las fotocopias compulsadas de
los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo
que dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta Resolución.
4.4 Con la solicitud se deberá adjuntar también el anexo 4, de declaración de los
méritos y capacidades que se aleguen. Estos méritos y capacidades se tendrán que
acreditar documentalmente mediante las certificaciones, títulos, justificantes o cualquier
otro medio documental, debidamente compulsados.
4.5 Los aspirantes a los que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tendrán
que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) a fin
de que la Comisión de Valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de
manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto
de convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos comprobará de
oficio la antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta
convocatoria.
4.7 Los méritos se valorarán con referencia a la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes que se establece en el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se
admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten durante el
periodo de presentación de solicitudes.
4.9 Los participantes no podrán anular o no modificar el contenido de su solicitud
una vez finalizado el periodo de presentación.
Fases del concurso y propuesta de resolución.
5.1 Este concurso consta de dos fases que incluirán la totalidad de los méritos y
capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recaerá en la persona candidata que tenga la mejor valoración en el conjunto
de ambas fases.
5.2 En el caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirimirá en función
de la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
cve: BOE-A-2022-406
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2442
días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el DOGC y en el BOE. En caso de que la publicación de esta
convocatoria no se haga simultáneamente en el BOE y en el DOGC, se tendrá en cuenta
la fecha de publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del
Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud deberá
presentarse telemáticamente mediante la plataforma de comunicaciones electrónicas de
la Generalitat de Catalunya e-Valisa, dirigida a la secretaria de la Comisión de
Valoración, la señora Laura Fernández Campillos.
Solo aquellas personas que en su puesto de trabajo no tengan acceso a los medios
electrónicos y no puedan presentar electrónicamente su solicitud podrán presentarla, con
carácter excepcional, en el Registro del Distrito Administrativo, en la calle del Foc, 57,
08038 Barcelona, dirigida a la Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas.
4.2 Las personas aspirantes tienen que consignar en la solicitud de participación la
denominación del puesto de trabajo al que optan y, si se quiere concursar al mismo
tiempo por más de un puesto de trabajo de esta convocatoria, tendrán que indicar por
orden de preferencia las denominaciones correspondientes de los puestos a los que
optan, que figuran en el anexo 2, siempre que reúnan los requisitos que se exigen.
4.3 En la solicitud habrá que adjuntar, si procede, las fotocopias compulsadas de
los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo
que dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta Resolución.
4.4 Con la solicitud se deberá adjuntar también el anexo 4, de declaración de los
méritos y capacidades que se aleguen. Estos méritos y capacidades se tendrán que
acreditar documentalmente mediante las certificaciones, títulos, justificantes o cualquier
otro medio documental, debidamente compulsados.
4.5 Los aspirantes a los que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tendrán
que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) a fin
de que la Comisión de Valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de
manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto
de convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos comprobará de
oficio la antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta
convocatoria.
4.7 Los méritos se valorarán con referencia a la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes que se establece en el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se
admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten durante el
periodo de presentación de solicitudes.
4.9 Los participantes no podrán anular o no modificar el contenido de su solicitud
una vez finalizado el periodo de presentación.
Fases del concurso y propuesta de resolución.
5.1 Este concurso consta de dos fases que incluirán la totalidad de los méritos y
capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recaerá en la persona candidata que tenga la mejor valoración en el conjunto
de ambas fases.
5.2 En el caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirimirá en función
de la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.
cve: BOE-A-2022-406
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Quinta.