II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. (BOE-A-2022-406)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de la Oficina Judicial de Mollet del Vallès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2441
ANEXO 1
Bases
Primera.
Régimen de participación.
1.1 De conformidad con lo que dispone la disposición transitoria cuarta de la Ley
orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial (BOE núm. 309, de 26 de diciembre de 2003), así como los
artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia (BOE
núm. 309, de 27 de diciembre de 2005), y dado que se trata de un proceso de
acoplamiento, podrán participar en este concurso, en exclusiva y por una sola vez los
funcionarios de los cuerpos de gestión procesal y administrativa que se encuentren en
situación de servicio activo con destino definitivo o con reserva de puesto de trabajo en
los órganos judiciales de Mollet del Vallès.
1.2 No pueden participar en este concurso, al tratarse de un proceso de
acoplamiento, los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria
sin reserva de puesto de trabajo, los suspendidos en firme, mientras dure la suspensión,
y los sancionados con traslado forzoso para un destino en la misma localidad en la que
se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente.
1.3 Por lo que se refiere al tiempo mínimo para participar en este concurso
específico y de conformidad con lo que prevé el artículo 49.7 del Real
decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación que establece el
artículo 46.1 de este Reglamento.
1.4 El personal funcionario con discapacidades podrá participar en el proceso en
igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que pueda desarrollar las
funciones del puesto de trabajo a proveer.
Segunda.
Perfil lingüístico.
Tercera.
Requisito de participación.
Los requisitos de participación se tienen que cumplir en la fecha en que finalice el
plazo de presentación de solicitudes que establece la base cuarta de esta convocatoria.
Cuarta.
Solicitudes.
4.1 La solicitud para tomar parte en este concurso debe formalizarse según el
modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de tres
cve: BOE-A-2022-406
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Para participar en esta convocatoria es preciso poseer los conocimientos orales
y escritos de lengua catalana debidamente acreditados mediante la certificación de la
Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el
apartado 3 del anexo 2, de acuerdo con lo que determina la relación de puestos de
trabajo.
2.2 En caso de que las personas aspirantes no estén en posesión del certificado
acreditativo correspondiente, la Comisión de Valoración evaluará, mediante una prueba,
estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la
elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.
2.3 En este último caso, al día siguiente del día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación, se publicará en el tablón de anuncios del
decanato correspondiente, y en la intranet de la Administración de justicia, el día, la hora
y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de
lengua catalana.
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2441
ANEXO 1
Bases
Primera.
Régimen de participación.
1.1 De conformidad con lo que dispone la disposición transitoria cuarta de la Ley
orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial (BOE núm. 309, de 26 de diciembre de 2003), así como los
artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia (BOE
núm. 309, de 27 de diciembre de 2005), y dado que se trata de un proceso de
acoplamiento, podrán participar en este concurso, en exclusiva y por una sola vez los
funcionarios de los cuerpos de gestión procesal y administrativa que se encuentren en
situación de servicio activo con destino definitivo o con reserva de puesto de trabajo en
los órganos judiciales de Mollet del Vallès.
1.2 No pueden participar en este concurso, al tratarse de un proceso de
acoplamiento, los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria
sin reserva de puesto de trabajo, los suspendidos en firme, mientras dure la suspensión,
y los sancionados con traslado forzoso para un destino en la misma localidad en la que
se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente.
1.3 Por lo que se refiere al tiempo mínimo para participar en este concurso
específico y de conformidad con lo que prevé el artículo 49.7 del Real
decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación que establece el
artículo 46.1 de este Reglamento.
1.4 El personal funcionario con discapacidades podrá participar en el proceso en
igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que pueda desarrollar las
funciones del puesto de trabajo a proveer.
Segunda.
Perfil lingüístico.
Tercera.
Requisito de participación.
Los requisitos de participación se tienen que cumplir en la fecha en que finalice el
plazo de presentación de solicitudes que establece la base cuarta de esta convocatoria.
Cuarta.
Solicitudes.
4.1 La solicitud para tomar parte en este concurso debe formalizarse según el
modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de tres
cve: BOE-A-2022-406
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Para participar en esta convocatoria es preciso poseer los conocimientos orales
y escritos de lengua catalana debidamente acreditados mediante la certificación de la
Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el
apartado 3 del anexo 2, de acuerdo con lo que determina la relación de puestos de
trabajo.
2.2 En caso de que las personas aspirantes no estén en posesión del certificado
acreditativo correspondiente, la Comisión de Valoración evaluará, mediante una prueba,
estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la
elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.
2.3 En este último caso, al día siguiente del día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación, se publicará en el tablón de anuncios del
decanato correspondiente, y en la intranet de la Administración de justicia, el día, la hora
y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de
lengua catalana.