II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. (BOE-A-2022-406)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de la Oficina Judicial de Mollet del Vallès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2440
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
406
Resolución de 29 de diciembre de 2021, del Departamento de Justicia, por la
que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo
singularizados de la Oficina Judicial de Mollet del Vallès.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 436 y siguientes de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (BOE núm. 157, de 2 de julio de 1985),
así como los artículos 49 y siguientes del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional del Personal al Servicio de la Administración de Justicia (BOE
núm. 309, de 27 de diciembre de 2005), modificado por el Real decreto 748/2010, de 4
de junio (BOE núm. 149, de 19 de junio de 2010),
Por todo ello, resuelvo:
Primero.
Hacer pública la convocatoria del concurso específico de méritos y capacidades para
la provisión de los puestos de trabajo singularizados vacantes en la oficina judicial de
Mollet del Vallès que se detallan al anexo 2 de esta Resolución.
Segundo.
Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas
pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante la consejera de
Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el
último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo
con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la
Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las
Administraciones Públicas de Cataluña, o bien un recurso contencioso-administrativo ante
los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o ante el juzgado en cuya
circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos
meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14, 25 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial
(BOE o DOGC). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin
que se notifique su resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer un
recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día
siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que
consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 29 de diciembre de 2021.–El Consejero de Justicia, P. D. (Resolución
JUS/1041/2021, de 30 de marzo 2021), el Secretario para la Administración de Justicia,
Eusebi Campdepadrós i Pucurull.
cve: BOE-A-2022-406
Verificable en https://www.boe.es
Información sobre los recursos que se pueden interponer:
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 2440
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
406
Resolución de 29 de diciembre de 2021, del Departamento de Justicia, por la
que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo
singularizados de la Oficina Judicial de Mollet del Vallès.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 436 y siguientes de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (BOE núm. 157, de 2 de julio de 1985),
así como los artículos 49 y siguientes del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional del Personal al Servicio de la Administración de Justicia (BOE
núm. 309, de 27 de diciembre de 2005), modificado por el Real decreto 748/2010, de 4
de junio (BOE núm. 149, de 19 de junio de 2010),
Por todo ello, resuelvo:
Primero.
Hacer pública la convocatoria del concurso específico de méritos y capacidades para
la provisión de los puestos de trabajo singularizados vacantes en la oficina judicial de
Mollet del Vallès que se detallan al anexo 2 de esta Resolución.
Segundo.
Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas
pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante la consejera de
Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el
último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo
con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la
Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las
Administraciones Públicas de Cataluña, o bien un recurso contencioso-administrativo ante
los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o ante el juzgado en cuya
circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos
meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14, 25 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial
(BOE o DOGC). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin
que se notifique su resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer un
recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día
siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.
Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que
consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 29 de diciembre de 2021.–El Consejero de Justicia, P. D. (Resolución
JUS/1041/2021, de 30 de marzo 2021), el Secretario para la Administración de Justicia,
Eusebi Campdepadrós i Pucurull.
cve: BOE-A-2022-406
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