III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-417)
Orden ICT/1524/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa "Experiencias Turismo España" y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2537
consolidación o mejora de experiencias turísticas España que ocurren en diferentes
puntos del territorio nacional y que comparten, desde el espacio concreto donde se
producen, problemáticas y desafíos comunes.
Este objetivo entra en conflicto con la necesidad de definir un criterio de distribución
objetivo entre las comunidades autónomas que sirviese al mismo fin en el caso de que
se procediese a la gestión territorializada, porque el nivel del reparto para definir la
cantidad asignada a cada una de éstas debería fijarse en función de criterios
cuantitativos ligados al ámbito autonómico (sea el PIB, la población, los datos turísticos o
el número de mercados en el territorio, lo que no se puede hacer corresponder con
proyectos de modernización, que no se pueden conocer a priori).
Los potenciales beneficiarios de las subvenciones, las asociaciones, fundaciones o
federaciones presentan características diversas y variadas en sus dimensiones y
estructura, así como un ámbito de actuación nacional o, al menos, en tres comunidades
autónomas, lo que aconseja un procedimiento de tramitación y valoración único a nivel
nacional.
En segundo lugar, porque se garantizaría el despliegue simultáneo de las ayudas,
contribuyendo a una acción única, homogénea y sincronizada de ámbito nacional o
supra autonómico, basada en el trabajo en experiencias turísticas en, al menos, tres
comunidades autónomas y se evitaría la potencial falta de sincronía por posibles
diferencias en plazos de tramitación entre las diecisiete comunidades autónomas.
En tercer lugar, la necesidad de un despliegue inmediato y sincronizado, que impulse
la transformación de las experiencias turística en el corto plazo en todo el territorio, exige
que los plazos y criterios aplicados sean idénticos en todo el territorio nacional, lo que se
alcanza con una tramitación de la recepción de solicitudes, selección y pago único. El
enfoque adoptado permite poner en marcha un procedimiento homogéneo que haga
frente a la situación de urgencia actual de forma unívoca.
Por último, es imprescindible la rapidez en el despliegue de las ayudas con el
objetivo de maximizar el impacto de las medidas, clave en el actual contexto económico.
Esto último enlaza precisamente con el segundo elemento al que hace referencia la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
En resumen, la necesaria coherencia de la política económica en las actuales
circunstancias económicas excepcionales y la gravedad y urgencia de la situación
aconsejan el que se articule un sistema que permita una actuación rápida y uniforme en
todo el territorio, lo que justifica el que se haya articulado un mecanismo que asegura la
homogeneidad y la plena información y coordinación en un sistema de concurrencia
competitiva, que prima la agilidad, y que está destinado a la creación de experiencias
turísticas de ámbito nacional.
Se trata, además, de una medida de fomento complementaria, justificada por el
ámbito supra autonómico, que no afecta al espacio normativo de las comunidades
autónomas, que pueden llevar a cabo sus políticas sectoriales propias.
IV
Todo lo anterior se reconduce, como se ha explicado con anterioridad, al escenario
de la crisis económica provocada por la COVID-19 y de las medidas adoptadas al
amparo del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
Las líneas de ayudas reguladas en estas bases se encuentran pues acogidas al
Componente 14 «Plan de modernización y competitividad del sector turístico», en su
inversión 4, Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad, proyecto 1,
Desarrollo de producto turístico y modernización del ecosistema turístico. La medida
tiene una dotación de 100 millones de euros para tres años (2021-2023). Se incluye la
convocatoria de 2021 por 26 millones de euros.
La línea de ayudas contribuye a la consecución del objetivo 226 de la Decisión de
Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación
cve: BOE-A-2022-417
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2537
consolidación o mejora de experiencias turísticas España que ocurren en diferentes
puntos del territorio nacional y que comparten, desde el espacio concreto donde se
producen, problemáticas y desafíos comunes.
Este objetivo entra en conflicto con la necesidad de definir un criterio de distribución
objetivo entre las comunidades autónomas que sirviese al mismo fin en el caso de que
se procediese a la gestión territorializada, porque el nivel del reparto para definir la
cantidad asignada a cada una de éstas debería fijarse en función de criterios
cuantitativos ligados al ámbito autonómico (sea el PIB, la población, los datos turísticos o
el número de mercados en el territorio, lo que no se puede hacer corresponder con
proyectos de modernización, que no se pueden conocer a priori).
Los potenciales beneficiarios de las subvenciones, las asociaciones, fundaciones o
federaciones presentan características diversas y variadas en sus dimensiones y
estructura, así como un ámbito de actuación nacional o, al menos, en tres comunidades
autónomas, lo que aconseja un procedimiento de tramitación y valoración único a nivel
nacional.
En segundo lugar, porque se garantizaría el despliegue simultáneo de las ayudas,
contribuyendo a una acción única, homogénea y sincronizada de ámbito nacional o
supra autonómico, basada en el trabajo en experiencias turísticas en, al menos, tres
comunidades autónomas y se evitaría la potencial falta de sincronía por posibles
diferencias en plazos de tramitación entre las diecisiete comunidades autónomas.
En tercer lugar, la necesidad de un despliegue inmediato y sincronizado, que impulse
la transformación de las experiencias turística en el corto plazo en todo el territorio, exige
que los plazos y criterios aplicados sean idénticos en todo el territorio nacional, lo que se
alcanza con una tramitación de la recepción de solicitudes, selección y pago único. El
enfoque adoptado permite poner en marcha un procedimiento homogéneo que haga
frente a la situación de urgencia actual de forma unívoca.
Por último, es imprescindible la rapidez en el despliegue de las ayudas con el
objetivo de maximizar el impacto de las medidas, clave en el actual contexto económico.
Esto último enlaza precisamente con el segundo elemento al que hace referencia la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
En resumen, la necesaria coherencia de la política económica en las actuales
circunstancias económicas excepcionales y la gravedad y urgencia de la situación
aconsejan el que se articule un sistema que permita una actuación rápida y uniforme en
todo el territorio, lo que justifica el que se haya articulado un mecanismo que asegura la
homogeneidad y la plena información y coordinación en un sistema de concurrencia
competitiva, que prima la agilidad, y que está destinado a la creación de experiencias
turísticas de ámbito nacional.
Se trata, además, de una medida de fomento complementaria, justificada por el
ámbito supra autonómico, que no afecta al espacio normativo de las comunidades
autónomas, que pueden llevar a cabo sus políticas sectoriales propias.
IV
Todo lo anterior se reconduce, como se ha explicado con anterioridad, al escenario
de la crisis económica provocada por la COVID-19 y de las medidas adoptadas al
amparo del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
Las líneas de ayudas reguladas en estas bases se encuentran pues acogidas al
Componente 14 «Plan de modernización y competitividad del sector turístico», en su
inversión 4, Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad, proyecto 1,
Desarrollo de producto turístico y modernización del ecosistema turístico. La medida
tiene una dotación de 100 millones de euros para tres años (2021-2023). Se incluye la
convocatoria de 2021 por 26 millones de euros.
La línea de ayudas contribuye a la consecución del objetivo 226 de la Decisión de
Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación
cve: BOE-A-2022-417
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 9