III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2022-400)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para la prestación del servicio telefónico de información, asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Lunes 10 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2338

personal de las víctimas de violencia de género, en todo el territorio nacional, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como de
las previsiones en materia de gratuidad, accesibilidad y confidencialidad de los servicios
telefónicos contempladas en el artículo 24 del Convenio de Estambul. El servicio 016 es
de ámbito estatal, estructura centralizada, gratuito, confidencial y ofrece atención
ininterrumpida: está en funcionamiento las 24 horas del día, los 365 días del año.
Séptimo.
Que en la Conferencia Sectorial de la Mujer celebrada el día 23 de julio de 2007, el
entonces competente Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad y las
Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, acordaron la celebración de
convenios de colaboración como mecanismo para garantizar el derecho a la información
de las mujeres víctimas de violencia de género a través del servicio telefónico de
información y asesoramiento.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de Aragón tiene competencia en materia de
«Promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con
particular atención a las mujeres víctimas de violencia de género» según lo dispuesto en
el artículo 71.37.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón aprobado por
Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Esta competencia ha sido desarrollada por la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de
Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón en cuyo
artículo 12 se reconoce a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a la
información sobre los distintos recursos de atención.
Para garantizar el derecho a la información, la Comunidad Autónoma de Aragón
tiene el servicio telefónico 900 504 405.
Noveno.
Que el 5 de febrero de 2008 se suscribió un Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón
(Departamento de Servicios Sociales y Familia), para la prestación del servicio telefónico
de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género y que ha
facilitado durante estos años el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya
consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, a través de la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, del actual Ministerio de Igualdad.
Décimo.

Undécimo.
Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo convenio entre el
Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género y la Comunidad Autónoma de Aragón, a través de la Consejería de Presidencia y
Relaciones Institucionales, para la derivación de llamadas de información y
asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.

cve: BOE-A-2022-400
Verificable en https://www.boe.es

Que, dado el tiempo transcurrido desde el último convenio suscrito, los avances en el
panorama normativo nacional e internacional y los cambios y las mejoras introducidos
por las partes en la prestación del servicio 016 y en el servicio telefónico autonómico
antes aludidos, determinan la necesidad de formalizar un nuevo convenio adaptado a las
circunstancias actuales.