I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2022-341)
Ley 7/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas para el año 2022.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8
Lunes 10 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 1933
por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, del
donante.
c) Que el donante tuviese 65 o más años o se encontrase en situación de
incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.
d) Que el donante dejara de ejercer de forma habitual, personal y directa la
actividad empresarial o profesional, así como las funciones de dirección de la
misma, y deje de percibir remuneraciones por su ejercicio desde el momento de la
transmisión.
e) Que se mantenga el domicilio fiscal y, en su caso, social de la empresa o
negocio en el territorio de La Rioja durante los cinco años siguientes a la fecha de
la escritura pública de donación.
f) En cuanto al donatario, deberá mantener lo adquirido y tener derecho a la
exención conforme a lo establecido en el artículo 4.Ocho de la Ley 19/1991, de 6
de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, durante los cinco años siguientes a la
fecha de la escritura pública de donación, salvo que falleciera dentro de este
plazo.
Asimismo, el donatario no podrá realizar, en el mismo plazo de cinco años,
actos de disposición y operaciones societarias que, directa o indirectamente,
puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de la adquisición.
Si la empresa o negocio profesional está incluida dentro del concepto de
empresa cultural del artículo 2.2 de la Ley de Mecenazgo de la Comunidad
Autónoma de La Rioja, la reducción de la base imponible será del 99,5 %.
2.
Reducción por adquisición de participaciones en entidades.
a) Que las participaciones en entidades estén exentas del impuesto sobre el
patrimonio. A los solos efectos de aplicar esta reducción, el porcentaje del 20 %
previsto en el artículo 4.Ocho.Dos.b) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del
Impuesto sobre el Patrimonio, se computará conjuntamente con el cónyuge,
descendientes, adoptados o personas objeto de un acogimiento familiar
permanente o guarda con fines de adopción, ascendientes, adoptantes o personas
que realicen un acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción,
y colaterales, por consanguinidad, hasta el cuarto grado o por afinidad hasta tercer
grado, del donante.
b) Que la transmisión se realice a favor del cónyuge, descendientes,
adoptados o personas objeto de un acogimiento familiar permanente o guarda con
fines de adopción, ascendientes, adoptantes o personas que realicen un
acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción, y colaterales,
por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, del
donante.
c) Que la participación del donante en el capital de la entidad sea al menos
del 5 % computado de forma individual o del 20 % computado conjuntamente con
su cónyuge, descendientes, adoptados o personas objeto de un acogimiento
familiar permanente o guarda con fines de adopción, ascendientes, adoptantes o
personas que realicen un acogimiento familiar permanente o guarda con fines de
adopción, o colaterales, por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta
el tercer grado, del donante.
d) Que, bien el donante, bien el miembro del grupo familiar con el que se
ostente el porcentaje de participación, ejerza efectivamente funciones de dirección
cve: BOE-A-2022-341
Verificable en https://www.boe.es
Cuando en la base imponible de una adquisición esté incluido el valor de
participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en La
Rioja, para obtener la base liquidable se aplicará en la imponible una reducción
del 99 % del mencionado valor, siempre que concurran las siguientes
circunstancias:
Núm. 8
Lunes 10 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 1933
por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, del
donante.
c) Que el donante tuviese 65 o más años o se encontrase en situación de
incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.
d) Que el donante dejara de ejercer de forma habitual, personal y directa la
actividad empresarial o profesional, así como las funciones de dirección de la
misma, y deje de percibir remuneraciones por su ejercicio desde el momento de la
transmisión.
e) Que se mantenga el domicilio fiscal y, en su caso, social de la empresa o
negocio en el territorio de La Rioja durante los cinco años siguientes a la fecha de
la escritura pública de donación.
f) En cuanto al donatario, deberá mantener lo adquirido y tener derecho a la
exención conforme a lo establecido en el artículo 4.Ocho de la Ley 19/1991, de 6
de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, durante los cinco años siguientes a la
fecha de la escritura pública de donación, salvo que falleciera dentro de este
plazo.
Asimismo, el donatario no podrá realizar, en el mismo plazo de cinco años,
actos de disposición y operaciones societarias que, directa o indirectamente,
puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de la adquisición.
Si la empresa o negocio profesional está incluida dentro del concepto de
empresa cultural del artículo 2.2 de la Ley de Mecenazgo de la Comunidad
Autónoma de La Rioja, la reducción de la base imponible será del 99,5 %.
2.
Reducción por adquisición de participaciones en entidades.
a) Que las participaciones en entidades estén exentas del impuesto sobre el
patrimonio. A los solos efectos de aplicar esta reducción, el porcentaje del 20 %
previsto en el artículo 4.Ocho.Dos.b) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del
Impuesto sobre el Patrimonio, se computará conjuntamente con el cónyuge,
descendientes, adoptados o personas objeto de un acogimiento familiar
permanente o guarda con fines de adopción, ascendientes, adoptantes o personas
que realicen un acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción,
y colaterales, por consanguinidad, hasta el cuarto grado o por afinidad hasta tercer
grado, del donante.
b) Que la transmisión se realice a favor del cónyuge, descendientes,
adoptados o personas objeto de un acogimiento familiar permanente o guarda con
fines de adopción, ascendientes, adoptantes o personas que realicen un
acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción, y colaterales,
por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el tercer grado, del
donante.
c) Que la participación del donante en el capital de la entidad sea al menos
del 5 % computado de forma individual o del 20 % computado conjuntamente con
su cónyuge, descendientes, adoptados o personas objeto de un acogimiento
familiar permanente o guarda con fines de adopción, ascendientes, adoptantes o
personas que realicen un acogimiento familiar permanente o guarda con fines de
adopción, o colaterales, por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta
el tercer grado, del donante.
d) Que, bien el donante, bien el miembro del grupo familiar con el que se
ostente el porcentaje de participación, ejerza efectivamente funciones de dirección
cve: BOE-A-2022-341
Verificable en https://www.boe.es
Cuando en la base imponible de una adquisición esté incluido el valor de
participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en La
Rioja, para obtener la base liquidable se aplicará en la imponible una reducción
del 99 % del mencionado valor, siempre que concurran las siguientes
circunstancias: