III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-328)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de A Coruña, en materia de prevención y extinción de incendios y salvamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Sábado 8 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1557

tipos de actuaciones preventivas y de intervención propias en buques y establecimientos
industriales y otras instalaciones, así como sobre las actividades comerciales e industriales
que se llevan a cabo en la zona de servicio de la Autoridad Portuaria de A Coruña.
2.

Actuaciones a cargo de la Autoridad Portuaria de A Coruña.

La Autoridad Portuaria de A Coruña no dispone de medios y personal con la
formación y adiestramiento adecuados para enfrentar una situación de emergencia de
gravedad superior al conato de emergencia, según queda definido en los Planes de
Autoprotección del Puerto de A Coruña. No obstante, en caso de alerta, se constituirá
como Equipo de Primera Intervención el personal de la Policía Portuaria presente y
disponible en la zona de servicio del puerto. Sus funciones serán:
– En caso de conato de emergencia, acudir al lugar donde se haya producido ésta
para, si el riesgo de la actuación es bajo, intentar su control.
– Controlar los accesos a las diferentes áreas del puerto.
– Dirigir a la composición del SEIS al lugar de la emergencia, facilitando su acceso.
– Ayudar en las labores de evacuación.
En caso de emergencia, la Autoridad Portuaria, a través del Servicio Portuario de
Remolque, pondrá a disposición los medios humanos y materiales exigidos al prestador
del Servicio para cooperar en las labores de salvamento, extinción de incendios, y
prevención y control de emergencias. Entre estos medios se cuentan los sistemas de
extinción de incendios con los que están equipados los remolcadores.
Asimismo, la Autoridad Portuaria facilitará el acceso del SEIS a los registros en
tiempo real de estaciones meteorológicas, mareógrafos y boyas, y a las alertas y
predicciones de meteorología marina y oleaje en el entorno de los puertos interior y
exterior, con la finalidad de que puedan ser empleados para los sistemas de alarma y
aviso a los ciudadanos que se diseñen entre ambas instituciones. También cederá a la
Dirección de Seguridad Ciudadana el local AR01, situado en la Dársena de Oza del
Puerto de A Coruña, para la ubicación de material y medios del SEIS y Protección Civil y
pondrá a disposición del SEIS un punto de atraque para la embarcaciones adscritas a los
servicios de emergencias del Ayuntamiento (véase apartado 9.2).
3.

Actuaciones comunes y coordinadas.

Por parte de ambas instituciones se procurará la mejora de la formación del personal
respectivo, especialmente la formación y actualización del personal del SEIS en las
características específicas de las emergencias en las instalaciones portuarias,
incluyendo la extinción de incendios o las intervenciones frente a emergencias químicas.
Anualmente se programarán actividades formativas para el personal de la Autoridad
Portuaria y para el personal del SEIS del Ayuntamiento de A Coruña.
Con periodicidad anual se programarán los simulacros que se determinen en los
Planes de Autoprotección y en los Planes de Protección Portuaria, participando en los
mismos el SEIS en la forma que se determine en cada uno de ellos.
Comisión de seguimiento.

1. Para el desarrollo y seguimiento de este convenio y para la aprobación de la
propuesta de trabajos y su control se creará una Comisión mixta paritaria, compuesta por
dos representantes de cada Organismo.
Por parte del Ayuntamiento de A Coruña:
– El Director de Seguridad Ciudadana.
– El Jefe del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.
o quienes les sustituyan en caso de ausencia, vacante o enfermedad.

cve: BOE-A-2022-328
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.