I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Impuestos. (BOE-A-2022-289)
Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 1329

acuerdo con los criterios establecidos por la Ley en cada momento, y quedó cerrado con
la aplicación del impuesto en Zaragoza a partir del año 2016.
Aún en vigencia de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en
la Gestión del Agua en Aragón, fue cambiada la denominación de canon de saneamiento
por la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la
Comunidad Autónoma de Aragón, y este impuesto pasó a tener el nombre de Impuesto
sobre la Contaminación de las Aguas (ICA), manteniéndose invariable su carácter
impositivo y los demás elementos de su régimen jurídico.
II
Mediante este impuesto los aragoneses han contribuido, paulatinamente desde el
año 2002 y con total normalidad, a los costes de los servicios del ciclo del agua,
especialmente a los gastos de inversión y de explotación de los sistemas de
saneamiento y depuración, a la vez que se ha incentivado el ahorro de agua, en un
contexto europeo en el que la Directiva Marco del Agua exige unificar actuaciones en
materia de prevención y calidad de las aguas bajo los principios de recuperación de los
costes de los servicios relacionados con el agua y de que quien contamina paga.
En los últimos años, especialmente, desde que la ciudad de Zaragoza se ha
incorporado definitivamente al sistema impositivo implantado en el resto de Aragón,
surgieron distintos debates, tanto políticos como sociales, manifestados a través de
distintas iniciativas parlamentarias, así como a través de diferentes actividades de
asociaciones ciudadanas que abogaban por su modificación o supresión.
Esta situación dio lugar a que el Pleno de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada
los días 8 y 9 de febrero de 2018, aprobase por unanimidad la creación de una
«Comisión especial de estudio sobre la aplicación del ICA en el territorio de nuestra
Comunidad Autónoma», entre cuyas conclusiones acordó la necesidad de llevar a cabo
una revisión del impuesto, con arreglo a los principios, propuestas y sugerencias
expuestas mediante Acuerdo del Pleno de las Cortes, de 7 y 8 de marzo de 2019, por el
que se aprueba el dictamen de esta Comisión, publicado en el Boletín Oficial de las
Cortes de Aragón número 326, de 13 de marzo de 2019.
La Comisión concluye la necesidad de mantener un régimen económico-financiero en la
materia que persiga como principios el derecho de todas las personas al acceso a un agua de
calidad, el cuidado de los ecosistemas y masas de agua, la corresponsabilidad
medioambiental de toda la ciudadanía y los poderes públicos, la solidaridad de todas las
personas usuarias de agua en Aragón, la eficacia y eficiencia en la reducción de la
contaminación de las aguas residuales y el principio de recuperación de costes.
Asimismo, el dictamen manifiesta la necesidad de iniciar una revisión del tributo
manteniendo criterios que ya se encuentran insertos en la configuración del impuesto,
como la necesidad de diferenciar entre usos domésticos y usos industriales, o que el
tributo tenga una cuota fija y otra variable; pero también ordena cambios para reducir la
cuota fija del impuesto, aplicar mayores criterios de progresividad en la cuota variable
para los usos domésticos o asimilados, establecer nuevas medidas que eliminen los
efectos indeseados que la tarificación progresiva puede provocar en hogares donde
convivan un importante número de personas o la creación de una tarifa social para
hogares vulnerables, intentando, en cualquier caso, aproximar la carga tributaria en
Aragón a la media de España.
La Agenda Social, Verde y Digital y la consecución de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) impulsados por la Organización de las Naciones Unidas, y en concreto
el ODS 6, que persigue garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el
saneamiento para todas las personas, también son referentes que han inspirado la
presente regulación normativa.
Por otro lado, se han tenido presentes los objetivos de la Directriz de Política
Demográfica y contra la Despoblación, aprobada por Decreto 165/2017, de 31 de
octubre, del Gobierno de Aragón, incorporando una novedad que afecta a quienes hacen

cve: BOE-A-2022-289
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Núm. 6