III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-284)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Jueves 6 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1250

– Facilitará el acceso en consulta a la información de las prestaciones a los usuarios
autorizados por las distintas administraciones, organismos y entidades dadas de alta en
el sistema, a través de la aplicación INFOTSD.
– Implementará servicios web en conexión con las aplicaciones de gestión de las
administraciones usuarias del sistema TSD para la descarga automática de la
información de prestaciones asociada a los identificadores de personas físicas de las
personas solicitantes y/o beneficiarias de prestaciones.
– Implementará servicios web en conexión con las aplicaciones de gestión de las
administraciones usuarias del sistema TSD para el control e identificación de las
personas que conforman las unidades de convivencia que se benefician de prestaciones
como Rentas Mínimas de Integración Social; Ingreso Mínimo Vital; etc.
– Desarrollará el procedimiento para la ejecución directa por las administraciones y
organismos usuarios de TSD de estadísticas.
– Mantendrá actualizado con periodicidad anual el Catálogo de Entidades adscritas
a TSD así como el Catálogo de Prestaciones que forman parte de TSD.
B)

Por parte de la CA de Galicia:

– Se compromete a llevar con anterioridad al 31 de diciembre de 2021, las
adaptaciones necesarias en sus aplicaciones y sistemas de información para poder
transmitir a partir del 1 de enero de 2022 y actualizar permanentemente en Tarjeta Social
Digital, toda la información de las prestaciones sociales económicas cuya gestión tiene
encomendada, así como de la situaciones subjetivas a que se refiere el apartado cuarto
de la disposición adicional centésima cuadragésima primera de la Ley 6/2018, cuando
tenga competencias de gestión o coordinación sobre ellas, de acuerdo con los
procedimientos establecidos en el Protocolo de Intercambio de Información para TSD
incluido en el anexo I del presente Convenio. En el caso de la situación subjetiva de
dependencia y las prestaciones económicas previstas en la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en
situación de dependencia, se estará a lo previsto en el artículo 71.1.g) del texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre.
– Se compromete a mantener el envío de información al Registro de Prestaciones
Sociales Públicas durante el ejercicio 2022 con el fin de garantizar el servicio de forma
ininterrumpida durante el período de tránsito desde RPSP a TSD, en previsión de
posibles retrasos por parte de algún organismo o administración en su incorporación
de TSD.
Cuarta. Financiación.
Las actuaciones previstas en el presente Convenio
contraprestaciones financieras entre las partes firmantes.

no

darán

lugar

a

El control y seguridad de los datos incorporados en TSD se regirá por lo dispuesto en
el Reglamento (UE) n.º 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016 (en adelante RGPD), en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en el Reglamento
de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de
carácter personal aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, así como
por lo establecido en el apartado seis de la disposición adicional centésima
cuadragésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, y en la demás normativa de aplicación en materia de
protección de datos personales, así como en los protocolos de Seguridad de la
Información aprobados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

cve: BOE-A-2022-284
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Protección de datos personales.