III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-191)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Palamós, por la que se suspende la inscripción de una representación gráfica de finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 798

ahora, que tampoco tiene la misma titularidad. Haciendo poco creíble que nadie hubiera
dicho nada, si una casa se hubiera derrumbado, y construida otra, no tendía la
antigüedad que resulta de la certificación catastral aportada, que no se refleja en la nota
de calificación, que fue aportada por trámite telemático. Además, en las alegaciones
efectuadas (…), dentro de la certificación expedida por el Registrador, para conocer las
alegaciones efectuadas, «Análisis del deslinde de dos fincas situadas en Calonge y
atravesadas por la calle (…), con dos viviendas en el lado norte y dos huertos en el lado
sur» de 30 de Abril de 2.004. Del mismo resultan las inexactitudes sobre la descripción y
linderos de las fincas implicadas (…)
En dicho documento se transcribe la inscripción 140 del Registro de Hipoteca de La
Bisbal, (…) que tiene el siguiente tenor literal: «El nombrado N. N. corresponda cerca de
la mitad o sea toda la obra antigua de la única casa que su nombrado padre poseía en la
calle (…) de la que queda dividida de la otra restante parte que puede llamarse obra
nueva, por estar construida de poco tiempo, por medio de una pared mediera, la cual
obra antigua comprende un solar y un piso con una habitación delante y otra al detrás,
junto con la parte del huerto sito al frente de la propia casa y dividido de ella por medio
de dicha calle, que comprenda el ancho de todo el frente de la propia obra antigua en la
citada calle; y pedazo de terreno que a la parte de cierzo de esta pertenezca, del que allí
hay unido a toda la casa, en la descrita conformidad del huerto; cuya parte de casa, de
huerto y pedazo de terreno consideramos ser de valor de 240 y lindan por oriente con I.
R., por mediodía el pedazo de terreno y parte de casa con la predicha calle y la parte del
huerto con J. M., por poniente con restante casa y tierra y por cierzo con R. P. (…)
2.º Que los bienes que forman la restante herencia de dicho difunto padre
consistentes en el sobrante de la enunciada casa todavía no concluida huerto y terreno a
la parte del detrás de aquella, de igual valor de 240 y con idénticos lindes por mediodía y
cierzo, siendo el de poniente con J. C.» (…)
6. Existen errores de lindes y metros, en todas las cuatro fincas, –no sólo lo
decimos nosotros sino los propietarios de la finca 2709, y su técnico de parte–, que se
segregaron de la finca 140 del Registro de Hipoteca de la Bisbal, y por ende, en más
fincas de la calle ocurre lo mismo, y no han sido analizadas por el Registrador, en
especial finca 2.709 de Calonge, – que se ponen en evidencia–, ya que la suma de las
cuatro finca son un cuarto de vesana (547 m2), y se omitió en las descripciones –
procedente de un cuarto de vesana–, por ello se instó un 209 LH respecto las
fincas 2709 y 2890 al igual que es un error que ambas casas tengan 81 m2, ya que la
nuestra siempre ha sido más grande que la otra. Además, la finca 2889 nunca ha estado
en litigio, hasta ahora que el Registrador pretende ponerla.
7. Se omite o no lo hemos sabido ver, la presentación vía telemática de
fecha 28/05/2021 del certificado descriptivo y gráfico (…), y si dicha documentación se
ha tenido en cuenta o no en la calificación. Aprovecho para complementarla con la
resolución del Catastro en el mismo sentido, para mejor proveer, siendo a los únicos
efectos de determinar los colindantes catastrales afectados a la finca 2889, y quien
consta como propietario en el Catastro. En fecha 22 de junio de 2.021, fecha inicio
del 199 LH, la situación de la fincas y del catastro era la siguiente:
– Propietaria de la finca 2889: Doña M. S. B. D. (calle […] de Calonge).
– Titular catastral de la calle (…) de Calonge, la misma.
8. El Registro de la Propiedad de Palamós ha librado certificados o notas simples
donde
finca
registral
2889,
tiene
la
referencia
catastral
inscrita 6353511EG0365S0001GG, ya constaba desde la inscripción quinta, desde el
año 2002, además coincide calle y número, el titular catastral y registral, y hasta resulta
de la propia nota informativa conforme el artículo 19 bis LH. Del contenido literal de la
nota de calificación, no resulta se hayan hecho ninguna alegación contra la finca 2.889.
Ni por parte de ninguno de los colindantes registrales y/o catastrales, ya que los vecinos
han recibido muchas notificaciones, algunos hasta cuatro, y no nos queda claro a quien
le han efectuado las notificaciones, cuando el procedimiento era por el artículo 199.1 LH,

cve: BOE-A-2022-191
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