III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-187)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Tacoronte, por la que se suspende la inscripción de la representación gráfica de una finca registral.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Martes 4 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 757

de la finca registral rústica: Trozo de terreno en el término municipal de Tacoronte, donde
dicen (…), que mide quinientos cincuenta y dos metros cuadrados, y linda: norte, en
línea de diez y seis metros setenta centímetros, don F. L. L.; sur, en línea de diez y seis
metros treinta centímetros, don A. A. M.; este, en línea de veinticinco con cincuenta
metros, entrada para el servicio de esta finca y en línea de ocho metros con don A. A.
M.; y oeste, en igual línea, doña A. M. L.
La representación gráfica de esta finca no se ha inscrito.
La finca de este número no ha sido coordinada gráficamente con Catastro.
Fundamentos de Derecho:
Primero.–Que con arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria este Registrador ha
calificado bajo su responsabilidad la legalidad de los formas extrínsecas del título
presentado, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos
dispositivos en el contenido, por lo que resulta del mismo y de los asientos de este
Registro.
Igualmente, con arreglo al artículo 199.1. 3.º de la Ley Hipotecaria, “la certificación
gráfica aportada, junto con el acto o negocio cuya inscripción se solicite, o como
operación específica, será objeto de calificación registral conforme a lo dispuesto en el
artículo 9”.
Segundo.–Se han seguido todos los trámites previstos en el artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, en especial la notificación de la solicitud de inscripción de la representación
gráfica a los titulares registrales del dominio que no han iniciado el expediente y a los
titulares de las fincas registrales en la forma prevista por el citado artículo.
Tercero.–Se han recibido las siguientes alegaciones:
1. Por parte de don M. R. L., dentro del plazo legal: en la que se opone a la
propuesta de inscripción de la representación gráfica por vulnerar la delimitación y
superficie de una entrada o serventía de acceso que separa ambas fincas, aportando
fotografías, y planos de situación en la que se hace referencia a la citada serventía.
Cuarto.–Por todo ello, a la vista de los trámites y alegaciones efectuadas, y sin
perjuicio de la posibilidad de ejercicio de la acción de deslinde prevista en el artículo 200
de la Ley Hipotecaria, acuerdo:
– Suspender la inscripción de la representación gráfica solicitada y cancelar la
anotación preventiva por imposibilidad del registrador.
– Prorrogar el asiento de presentación por el término legal, de conformidad con el
artículo 323 de la Ley Hipotecaria.
– No practicar anotación preventiva de suspensión, por no haber sido solicitada
expresamente.
– Notificar la presenta [sic] calificación negativa tanto al presentante como al
funcionario autorizante del documento, de conformidad con lo previsto en los artículo
[sic] 58 y 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Este documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Carlos Alfonso
Tocino Flores registrador/a de Registro Propiedad de Tacoronte a día cinco de agosto del
año dos mil veintiuno.»

cve: BOE-A-2022-187
Verificable en https://www.boe.es

Contra la precedente calificación negativa total/parcial por causas suspensivas de la
misma, los interesados podrán: (…).