III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-115)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con Riegos Iberia Regaber, SA, para el desarrollo del proyecto "Ensayo de riego localizado subterráneo en almendro" en las instalaciones del Centro Nacional de Tecnología de Regadíos.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 541
La representación de las Partes podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación dirigiéndose a la dirección indicada en el encabezamiento del
convenio para cada una de las partes.
Octava. Flujo de información.
Las Partes se comprometen a facilitarse a la mayor brevedad posible toda
información que pudiera solicitarse en relación con la evolución de los asuntos objeto del
convenio.
Novena.
Duración del convenio.
9.1 Este convenio tendrá una duración máxima de 4 años y resultará eficaz una vez
inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo
será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
9.2 Las Partes podrán pactar de mutuo acuerdo una prórroga de la duración del
convenio de como máximo 4 años, de lo cual se hará constancia por escrito, señalando
aquellos otros términos o condiciones que derivan de dicha prórroga.
Décima.
Incumplimientos.
En caso de incumplimiento del convenio por alguna de las partes, la otra parte podrá
reclamar la resolución del mismo dejando sin efecto las obligaciones que se señalan en
cláusula tercera, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad derivada de dicho
incumplimiento a que hubiera lugar. En cualquier caso, antes de la resolución del
convenio se reunirá la comisión de seguimiento del mismo para tratar el incumplimiento
que se haya producido.
Undécima.
Modificación del convenio.
El presente convenio podrá ser modificado a petición de las partes, por acuerdo
mutuo, previa reunión de la comisión de seguimiento, y mediante adenda de
modificación.
Duodécima.
Notificaciones.
Todas las notificaciones requeridas al amparo de este convenio deberán ser
efectuadas, por escrito y se considerarán comunicadas en la fecha en la que sean
entregadas personalmente, por correo certificado con acuse de recibo o enviadas por
correo electrónico a la otra parte a la dirección siguiente:
Por REGABER, S.A.:
Por el MAPA:
bzn-labocenter@mapa.es
cve: BOE-A-2022-115
Verificable en https://www.boe.es
Don Candi Cervera Macià (Ccervera@matholding.com)
Director General de Regaber.
Riegos Iberia Regaber, S.A.
C/ Garbí, 3, Polígono Industrial Can Volart, 08150 Parets del Vallès, Barcelona.
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 541
La representación de las Partes podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación dirigiéndose a la dirección indicada en el encabezamiento del
convenio para cada una de las partes.
Octava. Flujo de información.
Las Partes se comprometen a facilitarse a la mayor brevedad posible toda
información que pudiera solicitarse en relación con la evolución de los asuntos objeto del
convenio.
Novena.
Duración del convenio.
9.1 Este convenio tendrá una duración máxima de 4 años y resultará eficaz una vez
inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo
será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
9.2 Las Partes podrán pactar de mutuo acuerdo una prórroga de la duración del
convenio de como máximo 4 años, de lo cual se hará constancia por escrito, señalando
aquellos otros términos o condiciones que derivan de dicha prórroga.
Décima.
Incumplimientos.
En caso de incumplimiento del convenio por alguna de las partes, la otra parte podrá
reclamar la resolución del mismo dejando sin efecto las obligaciones que se señalan en
cláusula tercera, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad derivada de dicho
incumplimiento a que hubiera lugar. En cualquier caso, antes de la resolución del
convenio se reunirá la comisión de seguimiento del mismo para tratar el incumplimiento
que se haya producido.
Undécima.
Modificación del convenio.
El presente convenio podrá ser modificado a petición de las partes, por acuerdo
mutuo, previa reunión de la comisión de seguimiento, y mediante adenda de
modificación.
Duodécima.
Notificaciones.
Todas las notificaciones requeridas al amparo de este convenio deberán ser
efectuadas, por escrito y se considerarán comunicadas en la fecha en la que sean
entregadas personalmente, por correo certificado con acuse de recibo o enviadas por
correo electrónico a la otra parte a la dirección siguiente:
Por REGABER, S.A.:
Por el MAPA:
bzn-labocenter@mapa.es
cve: BOE-A-2022-115
Verificable en https://www.boe.es
Don Candi Cervera Macià (Ccervera@matholding.com)
Director General de Regaber.
Riegos Iberia Regaber, S.A.
C/ Garbí, 3, Polígono Industrial Can Volart, 08150 Parets del Vallès, Barcelona.