III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-60)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos y la Conferencia Nacional de Decanos de Facultades de Medicina Españolas, para la evaluación, acreditación y aseguramiento de la calidad de la educación superior de los títulos universitarios oficiales en el ámbito de la medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Sábado 1 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 308

CGCOM se compromete a:
– Designar a las personas con perfil adecuado que formarán parte, en
representación de dicha institución, en las distintas comisiones que se recogen en este
convenio: Sub-Comisión Técnica, Comisión de Acreditación y Comisión de Apelación.
– Hacer difusión de este programa entre el colectivo de profesionales en el ámbito
de la Medicina con la finalidad de conseguir su implicación y participación como
miembros de la Comisión de Acreditación y paneles de evaluación.
– Gestionar con criterios objetivos la base de datos de profesionales en el ámbito de
la Medicina para proponer perfiles adecuados para colaborar en las distintas fases del
sistema de acreditación.
CNDFM se compromete a:
– Designar a las personas con perfil adecuado que formarán parte en representación
de dicha institución en las distintas comisiones que se recogen en este convenio: SubComisión Técnica, Comisión de Acreditación y Comisión de Apelación.
– Hacer difusión de este programa entre el colectivo de profesionales en el ámbito
de la Medicina con la finalidad de conseguir su implicación y participación como
miembros de la Comisión de Acreditación y paneles de evaluación.
– Gestionar con criterios objetivos la base de datos de profesionales en el ámbito de
la Medicina para proponer perfiles adecuados para colaborar en las distintas fases del
sistema de acreditación.
Tercera.

Mecanismos de coordinación, seguimiento, vigilancia y control.

Para el desarrollo de esta iniciativa se constituye una Comisión Mixta ANECACGCOM-CNDFME, en adelante denominada Comisión Mixta, que se regirá por lo
dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, integrada por hasta cuatro representantes de cada
una de las citadas instituciones. El Presidente de la Comisión Mixta será designado de
común acuerdo entre las direcciones de ANECA, CGCOM y CNDFME. La Comisión
Mixta podrá invitar a aquellas personas cuya participación, por la naturaleza de la
reunión, sea considerada de interés. La representación será institucional y los acuerdos
se realizarán por consenso de las instituciones.
La Comisión Mixta será la encargada de:

Así mismo, se creará una Sub-Comisión Técnica ANECA-CGCOM-CNDFME, en
adelante denominada Sub-Comisión Técnica, constituida por expertos/as de dichas
instituciones y designados/as por éstas, que será la encargada de diseñar el sistema de
acreditación WFME, el protocolo que recoja el procedimiento de selección,
nombramiento y formación específica de los/as evaluadores/as del programa, y será
responsable de velar por el cumplimiento de las normas aprobadas por la Comisión
Mixta y de elaborar las propuestas de revisión del procedimiento de evaluación que
consideren oportunas, para su aprobación por la Comisión Mixta.

cve: BOE-A-2022-60
Verificable en https://www.boe.es

– Aprobar los cambios en los procedimientos de evaluación propuestos por la
Comisión de Acreditación y analizados previamente por la Sub-Comisión Técnica.
– Aprobar los miembros de la Comisión de Apelación, a propuesta de ANECA,
CGCOM y CNDFME.
– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse
respecto a este convenio, realizando las funciones de seguimiento, vigilancia y control
previstas en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
– Revisar y actualizar este convenio cuando proceda, conforme al procedimiento
establecido en la cláusula sexta.
– Cualquier otra función que se derive de las cláusulas de este convenio.