III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2022-44)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones en especie para la redacción de proyectos de rehabilitación de edificios residenciales en desuso en el casco histórico de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Sábado 1 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 201

reguladoras: Rehabilitar edificios en desuso e incorporar nuevos habitantes a los mismos
con costes económicos asequibles.
Esta regulación se encuentra amparada por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, desarrollada por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba su Reglamento.
En el citado texto legal se conceptúa en su artículo 2.1 la subvención como toda
disposición dineraria realizada por cualquiera de las Administraciones Públicas a favor
de personas públicas o privadas y que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la
ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un
comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, debiendo el beneficiario cumplir
las obligaciones materiales y formales que se hubiesen establecido.
c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el
fomento de una actividad de utilidad pública, interés social o de promoción de una
finalidad pública.
Por su parte, la Disposición Adicional 5.ª del citado texto legal, regula las ayudas en
especie, disponiendo en su apartado segundo que se aplicará la Ley General de
Subvenciones a las «ayudas que consistan en la entrega de bienes, derechos o servicios
cuya adquisición se realice con la finalidad exclusiva de entregarlos a un tercero».
El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones será el de concurrencia
competitiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley General de
Subvenciones.
Así pues, al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, teniendo en cuenta las previsiones de contenido establecidas en el
artículo 17.3, y las competencias propias del Consejo de Administración del Consorcio
de la Ciudad de Toledo reconocidas en el artículo 16.bis. apartado 2 y 4 de los Estatutos
del Consorcio de la Ciudad de Toledo, vista la memoria justificativa del Gerente, el
informe de la Abogacía del Estado y el informe de la Responsable de Control, el Consejo
de Administración del Consorcio de la Ciudad de Toledo, aprueba con fecha 21 de
diciembre de 2021 las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva para la
concesión de subvenciones en especie por el Consorcio de la Ciudad de Toledo para la
redacción de proyectos de rehabilitación de edificios residenciales en desuso en el casco
histórico de Toledo y dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Toledo, 22 de diciembre de 2021.–La Presidenta del Consorcio de la Ciudad de
Toledo, Milagros Tolón Jaime.
BASES REGULADORAS
Artículo 1.

Régimen jurídico.

Artículo 2. Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto la concesión de subvenciones en especie y en
régimen de concurrencia competitiva para la redacción de proyectos básicos y de
ejecución, estudio de seguridad y salud así como la redacción de documentación
asociada a dichos proyectos arquitectónicos: proyectos de instalaciones comunes de
telecomunicaciones (ICT), estudios geotécnicos, estudios históricos, arqueológicos y

cve: BOE-A-2022-44
Verificable en https://www.boe.es

Para todos aquellos extremos no previstos en las presentes bases será de aplicación
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS en adelante) y el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.