III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-61)
Orden UNI/1504/2021, de 28 de diciembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Sábado 1 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 318

f) La aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento de la
obligación y la propuesta de pago, correspondientes, cuando la persona titular del
Ministerio le hubiese delegado las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye
como órgano de contratación, siempre en su ámbito respectivo.
Noveno.

Gabinete Técnico de la Subsecretaría.

1. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular del Gabinete
Técnico de la Subsecretaría, en su ámbito respectivo, las competencias que el
ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Ministerio como órgano de
contratación, cuando el valor estimado no supere el límite establecido para los contratos
menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
2. Se autoriza la delegación de la persona titular de la Subsecretaría en la persona
titular del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, en su ámbito respectivo, de las
siguientes competencias:
a) En materia de anticipos de caja fija y pagos a justificar: la aprobación del gasto y
la orden de pago material al Cajero Pagador, en los términos de las respectivas órdenes
ministeriales en esta materia.
b) En materia de indemnizaciones por razón de servicio, la designación de
comisiones de servicio con derecho a indemnización, respecto a los titulares de las
Subdirecciones Generales y Divisiones que dependen orgánicamente de la
Subsecretaría, pero no dependen de la Secretaría General Técnica, al personal del
Gabinete Técnico y de la secretaría de la Subsecretaría y de las personas no
dependientes del Ministerio que deban participar en sus programas o actividades.
c) La aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento de la
obligación y la propuesta de pago, cuando la persona titular del Ministerio le hubiese
delegado las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye como órgano de
contratación, siempre en su ámbito respectivo.
Décimo.

Subdirecciones Generales y Divisiones de la Subsecretaría.

a) En materia de anticipos de caja fija y pagos a justificar: la aprobación del gasto y
la orden de pago material al Cajero Pagador, en los términos de las respectivas órdenes
ministeriales en esta materia.
b) En materia de indemnizaciones por razón de servicio, la designación de
comisiones de servicio con derecho a indemnización, respecto al personal de su unidad
y de las personas no dependientes del Ministerio que deban participar en sus programas
o actividades.
c) La aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento de la
obligación y la propuesta de pago, cuando la persona titular del Ministerio le hubiese
delegado las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye como órgano de
contratación, siempre en su ámbito respectivo.
Undécimo. Subdirección General de Personal e Inspección de Servicios.
1. Se delega por la persona titular del Ministerio en la persona titular de la
Subdirección General de Personal e Inspección de Servicios, la aprobación y

cve: BOE-A-2022-61
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1. Se delega por la persona titular del Ministerio en las personas titulares de las
Subdirecciones Generales y Divisiones de la Subsecretaría, en su ámbito respectivo, las
competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Ministerio
como órgano de contratación, cuando el valor estimado no supere el límite establecido
para los contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
2. Se autoriza la delegación de la persona titular de la Subsecretaría en las
personas titulares de las Subdirecciones Generales y Divisiones de la Subsecretaría, en
su ámbito respectivo, de las competencias siguientes: