III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-61)
Orden UNI/1504/2021, de 28 de diciembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
xii.
b)
Sec. III. Pág. 316
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio.
En materia de personal:
i. Las atribuidas a la persona titular del Ministerio por el Real Decreto 451/2012,
de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y
directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
ii. La propuesta y ejecución, de los planes de empleo del Ministerio y de los
organismos públicos de él dependientes.
iii. La distribución del complemento de productividad y otros incentivos al
rendimiento, incluidos los altos cargos del Ministerio.
iv. El otorgamiento de los premios y las recompensas que procedan.
v. La imposición de la sanción de separación del servicio por faltas muy graves.
vi. El nombramiento y el cese de las personas titulares de las Subdirecciones
Generales y puestos asimilados de la Secretaría General de Universidades y de los
organismos públicos vinculados o dependientes del Ministerio.
vii. La propuesta de aprobación o modificación de las relaciones de puestos de
trabajo del Ministerio y de sus Organismos Públicos vinculados o dependientes.
Igualmente, la modificación de las mismas en los casos en que esa competencia esté
delegada en el propio Departamento.
viii. La determinación de los servicios mínimos en el caso de huelgas que afecten al
personal del Ministerio y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
ix. Cualesquiera otras competencias atribuidas a la persona titular del Ministerio
referidas al personal del Ministerio y de los organismos públicos vinculados o
dependientes que no hayan sido delegadas en otros órganos.
c) La designación de la representación del Ministerio en los órganos colegiados,
órganos de gobierno y grupos de trabajo en los que no esté previamente determinado el
titular del órgano superior o directivo que deba representar al Ministerio, cuando la
competencia para efectuar la designación no haya sido delegada en otros órganos.
d) En materia de publicaciones, la aprobación y modificación del programa editorial
del Ministerio atribuida a la persona titular del Ministerio en el apartado 2 del artículo 2
del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.
e) En materia de revisión de actos administrativos, responsabilidad patrimonial y
ejercicio de acciones:
f) La aprobación de las tarifas para las actividades objeto de encargo realizadas por
el medio propio directamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
g) Cualesquiera otras relativas a la gestión de los servicios administrativos que
estén atribuidas por el ordenamiento jurídico a la persona titular del Ministerio y no hayan
sido expresamente delegadas en otros órganos.
cve: BOE-A-2022-61
Verificable en https://www.boe.es
i. La resolución de los recursos contra los actos de revisión de oficio.
ii. La resolución de los recursos contra las resoluciones de los procedimientos
sobre responsabilidad patrimonial.
iii. La resolución de los recursos contra los actos dictados por delegación por la
persona titular de la Secretaría General Técnica.
iv. La contestación a los requerimientos previstos en los artículos 29 y 44 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
v. La autorización para el ejercicio de acciones de cualquier naturaleza en materias
que sean competencia del Ministerio y la propuesta motivada para solicitar la defensa
ante la jurisdicción penal de altos cargos y empleados públicos en los supuestos que
proceda.
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
xii.
b)
Sec. III. Pág. 316
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio.
En materia de personal:
i. Las atribuidas a la persona titular del Ministerio por el Real Decreto 451/2012,
de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y
directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
ii. La propuesta y ejecución, de los planes de empleo del Ministerio y de los
organismos públicos de él dependientes.
iii. La distribución del complemento de productividad y otros incentivos al
rendimiento, incluidos los altos cargos del Ministerio.
iv. El otorgamiento de los premios y las recompensas que procedan.
v. La imposición de la sanción de separación del servicio por faltas muy graves.
vi. El nombramiento y el cese de las personas titulares de las Subdirecciones
Generales y puestos asimilados de la Secretaría General de Universidades y de los
organismos públicos vinculados o dependientes del Ministerio.
vii. La propuesta de aprobación o modificación de las relaciones de puestos de
trabajo del Ministerio y de sus Organismos Públicos vinculados o dependientes.
Igualmente, la modificación de las mismas en los casos en que esa competencia esté
delegada en el propio Departamento.
viii. La determinación de los servicios mínimos en el caso de huelgas que afecten al
personal del Ministerio y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
ix. Cualesquiera otras competencias atribuidas a la persona titular del Ministerio
referidas al personal del Ministerio y de los organismos públicos vinculados o
dependientes que no hayan sido delegadas en otros órganos.
c) La designación de la representación del Ministerio en los órganos colegiados,
órganos de gobierno y grupos de trabajo en los que no esté previamente determinado el
titular del órgano superior o directivo que deba representar al Ministerio, cuando la
competencia para efectuar la designación no haya sido delegada en otros órganos.
d) En materia de publicaciones, la aprobación y modificación del programa editorial
del Ministerio atribuida a la persona titular del Ministerio en el apartado 2 del artículo 2
del Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.
e) En materia de revisión de actos administrativos, responsabilidad patrimonial y
ejercicio de acciones:
f) La aprobación de las tarifas para las actividades objeto de encargo realizadas por
el medio propio directamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
g) Cualesquiera otras relativas a la gestión de los servicios administrativos que
estén atribuidas por el ordenamiento jurídico a la persona titular del Ministerio y no hayan
sido expresamente delegadas en otros órganos.
cve: BOE-A-2022-61
Verificable en https://www.boe.es
i. La resolución de los recursos contra los actos de revisión de oficio.
ii. La resolución de los recursos contra las resoluciones de los procedimientos
sobre responsabilidad patrimonial.
iii. La resolución de los recursos contra los actos dictados por delegación por la
persona titular de la Secretaría General Técnica.
iv. La contestación a los requerimientos previstos en los artículos 29 y 44 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
v. La autorización para el ejercicio de acciones de cualquier naturaleza en materias
que sean competencia del Ministerio y la propuesta motivada para solicitar la defensa
ante la jurisdicción penal de altos cargos y empleados públicos en los supuestos que
proceda.