I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-1)
Acuerdo entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, e inclusión, hecho en Madrid el 16 de diciembre de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5
después. El Donante podrá razonablemente solicitar las aclaraciones y documentos
complementarios que considere necesarios, en su labor de comprobación.
5.2 Todos los informes del Proyecto deberán ser realizados por la OIM en la
Moneda de los Proyectos y con arreglo a su reglamento, normas, directrices y
procedimientos y deberá utilizar los modelos de los informes de proyectos estándar de la
OIM.
6.
Garantías
6.1 La OIM está firmemente comprometida con los Estándares de Conducta de la
OIM y tiene tolerancia cero con respecto a las prácticas irregulares, los actos indebidos y
la mala conducta, incluidas, sin limitación, la malas prácticas financieras, la
irregularidades o el fraude, el incumplimiento de las reglas, regulaciones o políticas, la
actividad delictiva, negligencia profesional, conducta indebida o falta de ética, conflicto
de intereses sin divulgación, desperdicio de recursos, abuso de autoridad, corrupción y
mala gestión, ya sea perpetrada por personal de la OIM, agencias ejecutoras,
contratistas o consultores. Las Partes acuerdan que es importante tomar todas las
precauciones necesarias y razonables para evitar prácticas irregulares, actos indebidos o
mala conducta. La OIM toma en serio todas las denuncias de prácticas irregulares, actos
indebidos y mala conducta y llevará a cabo una investigación si, a su entera discreción,
la acusación se considera creíble y que amerita una investigación. Todas las
investigaciones se llevarán a cabo de acuerdo con los reglamentos, reglas, directivas,
políticas y procedimientos de la OIM.
6.2 Las Partes tienen cero tolerancia con respecto a la explotación y el abuso
sexuales. La OIM tomará todas las medidas razonables para prevenir la explotación y el
abuso sexuales de cualquier persona relacionada con la realización de las actividades
previstas en este Acuerdo. Sujeto a los reglamentos, reglas, directivas, políticas y
procedimientos de la OIM que rigen sus operaciones, la OIM informará sin demora
indebida cualquier acusación creíble o incidentes concretos de explotación y abuso
sexuales relacionados con este Acuerdo al Secretario General de las Naciones Unidas a
través del Mecanismo de denuncia del Secretario General sobre explotación y abuso
sexuales en https://www.un.org/preventing-sexual-exploitation-and-abuse/content/dataallegations-un-system-wide. Dicho reporte sobre explotación y abuso sexuales se hará
sin perjuicio de los privilegios e inmunidades de la OIM.
6.3 De conformidad con las resoluciones aplicables del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas, las Partes están firmemente comprometidas con la lucha internacional
contra el terrorismo y, en particular, la financiación del terrorismo. La OIM se compromete
a hacer todos los esfuerzos razonables para garantizar que ningún recurso
proporcionado en virtud del presente Acuerdo se ponga a disposición o se utilice para
brindar apoyo a las personas o entidades asociadas con el terrorismo que figuren en la
Lista Consolidada de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
según sea modificada.
Titularidad de los bienes financiados mediante la Contribución
Los equipos, suministros y bienes de otro tipo que hayan sido adquiridos con fondos
de la Contribución serán propiedad de la OIM. Se deberá disponer de dicha propiedad
con arreglo a los reglamentos, normas, directrices, políticas y procedimientos de la OIM,
salvo que el Donante y la OIM acuerden algo diferente por escrito.
8.
Cargo en Concepto de Servicios de Coordinación
8.1 Con arreglo al párrafo 10 a) de la resolución 72/279 de la Asamblea General de
las Naciones Unidas, de 31 de mayo de 2018, el Donante está de acuerdo en que se
pague un monto correspondiente al 1% de la Contribución destinada al proyecto de
cve: BOE-A-2022-1
Verificable en https://www.boe.es
7.
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5
después. El Donante podrá razonablemente solicitar las aclaraciones y documentos
complementarios que considere necesarios, en su labor de comprobación.
5.2 Todos los informes del Proyecto deberán ser realizados por la OIM en la
Moneda de los Proyectos y con arreglo a su reglamento, normas, directrices y
procedimientos y deberá utilizar los modelos de los informes de proyectos estándar de la
OIM.
6.
Garantías
6.1 La OIM está firmemente comprometida con los Estándares de Conducta de la
OIM y tiene tolerancia cero con respecto a las prácticas irregulares, los actos indebidos y
la mala conducta, incluidas, sin limitación, la malas prácticas financieras, la
irregularidades o el fraude, el incumplimiento de las reglas, regulaciones o políticas, la
actividad delictiva, negligencia profesional, conducta indebida o falta de ética, conflicto
de intereses sin divulgación, desperdicio de recursos, abuso de autoridad, corrupción y
mala gestión, ya sea perpetrada por personal de la OIM, agencias ejecutoras,
contratistas o consultores. Las Partes acuerdan que es importante tomar todas las
precauciones necesarias y razonables para evitar prácticas irregulares, actos indebidos o
mala conducta. La OIM toma en serio todas las denuncias de prácticas irregulares, actos
indebidos y mala conducta y llevará a cabo una investigación si, a su entera discreción,
la acusación se considera creíble y que amerita una investigación. Todas las
investigaciones se llevarán a cabo de acuerdo con los reglamentos, reglas, directivas,
políticas y procedimientos de la OIM.
6.2 Las Partes tienen cero tolerancia con respecto a la explotación y el abuso
sexuales. La OIM tomará todas las medidas razonables para prevenir la explotación y el
abuso sexuales de cualquier persona relacionada con la realización de las actividades
previstas en este Acuerdo. Sujeto a los reglamentos, reglas, directivas, políticas y
procedimientos de la OIM que rigen sus operaciones, la OIM informará sin demora
indebida cualquier acusación creíble o incidentes concretos de explotación y abuso
sexuales relacionados con este Acuerdo al Secretario General de las Naciones Unidas a
través del Mecanismo de denuncia del Secretario General sobre explotación y abuso
sexuales en https://www.un.org/preventing-sexual-exploitation-and-abuse/content/dataallegations-un-system-wide. Dicho reporte sobre explotación y abuso sexuales se hará
sin perjuicio de los privilegios e inmunidades de la OIM.
6.3 De conformidad con las resoluciones aplicables del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas, las Partes están firmemente comprometidas con la lucha internacional
contra el terrorismo y, en particular, la financiación del terrorismo. La OIM se compromete
a hacer todos los esfuerzos razonables para garantizar que ningún recurso
proporcionado en virtud del presente Acuerdo se ponga a disposición o se utilice para
brindar apoyo a las personas o entidades asociadas con el terrorismo que figuren en la
Lista Consolidada de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
según sea modificada.
Titularidad de los bienes financiados mediante la Contribución
Los equipos, suministros y bienes de otro tipo que hayan sido adquiridos con fondos
de la Contribución serán propiedad de la OIM. Se deberá disponer de dicha propiedad
con arreglo a los reglamentos, normas, directrices, políticas y procedimientos de la OIM,
salvo que el Donante y la OIM acuerden algo diferente por escrito.
8.
Cargo en Concepto de Servicios de Coordinación
8.1 Con arreglo al párrafo 10 a) de la resolución 72/279 de la Asamblea General de
las Naciones Unidas, de 31 de mayo de 2018, el Donante está de acuerdo en que se
pague un monto correspondiente al 1% de la Contribución destinada al proyecto de
cve: BOE-A-2022-1
Verificable en https://www.boe.es
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