III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-21944)
Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167985
b) El nombramiento y cese de los Delegados de Economía y Hacienda.
c) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe sea
igual o superior a 300.000 euros.
d) Proponer e informar cualquier modificación relativa a los cuerpos y escalas
adscritos al departamento.
e) La determinación de los servicios mínimos en el caso de huelgas que afecten al
personal del departamento y sus organismos autónomos, según corresponda.
2.
En la persona titular del Departamento de Servicios y Coordinación Territorial:
a) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe sea
igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros en el ámbito del Ministerio.
b) La modificación de las relaciones de puestos de trabajo del Ministerio y sus
organismos autónomos.
3.
En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos:
a) La aprobación y compromiso de los gastos, así como el reconocimiento y
propuesta de pago, de las obligaciones económicas correspondientes a los anticipos
reintegrables; a las retribuciones del personal del Ministerio; correspondiendo la
determinación de los criterios de distribución y la fijación de las cuantías individuales del
complemento de productividad y gratificaciones extraordinarias, en el marco de las
dotaciones que se les hayan asignado, a la persona titular de la Secretaría de Estado o
Subsecretaria que corresponda a propuesta de la persona titular del centro directivo o
unidad correspondiente; y a las aportaciones al plan de pensiones que éste realice como
entidad promotora; y la autorización, conforme a la normativa vigente, de las
deducciones proporcionales de haberes.
b) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social por importe inferior
a 150.000 euros en el ámbito del Ministerio.
Quinto. Delegación de competencias en materia de retribuciones y asistencias.
a) La fijación de las retribuciones y gastos de representación de los Jefes de Misión
en el extranjero.
b) La actualización anual y las posteriores revisiones de las retribuciones de los
Presidentes de las Agencias Estatales y de los Presidentes, Vicepresidentes y, en su
caso, de los Directores Generales y Directores cuando les corresponda el ejercicio de
funciones ejecutivas de máximo nivel de las entidades públicas empresariales y demás
entes públicos.
c) La autorización y fijación, en su caso, de la compensación económica por
asistencia, personal o por representación, a reuniones de órganos colegiados de la
Administración y órganos de administración de organismos públicos a las que se refiere
el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
d) La modificación de los importes máximos autorizados para atender el
complemento de productividad, las gratificaciones por servicios extraordinarios y otros
incentivos al rendimiento, de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Se
excluyen las relativas a las cuantías destinadas a satisfacer el complemento de
productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios del personal de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Hacienda y Función
Pública la fijación del complemento de puesto anual y de la cuantía máxima de
complemento variable anual que deberán asignarse en los contratos de los máximos
cve: BOE-A-2021-21944
Verificable en https://www.boe.es
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos las siguientes competencias:
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167985
b) El nombramiento y cese de los Delegados de Economía y Hacienda.
c) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe sea
igual o superior a 300.000 euros.
d) Proponer e informar cualquier modificación relativa a los cuerpos y escalas
adscritos al departamento.
e) La determinación de los servicios mínimos en el caso de huelgas que afecten al
personal del departamento y sus organismos autónomos, según corresponda.
2.
En la persona titular del Departamento de Servicios y Coordinación Territorial:
a) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social cuyo importe sea
igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros en el ámbito del Ministerio.
b) La modificación de las relaciones de puestos de trabajo del Ministerio y sus
organismos autónomos.
3.
En la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos:
a) La aprobación y compromiso de los gastos, así como el reconocimiento y
propuesta de pago, de las obligaciones económicas correspondientes a los anticipos
reintegrables; a las retribuciones del personal del Ministerio; correspondiendo la
determinación de los criterios de distribución y la fijación de las cuantías individuales del
complemento de productividad y gratificaciones extraordinarias, en el marco de las
dotaciones que se les hayan asignado, a la persona titular de la Secretaría de Estado o
Subsecretaria que corresponda a propuesta de la persona titular del centro directivo o
unidad correspondiente; y a las aportaciones al plan de pensiones que éste realice como
entidad promotora; y la autorización, conforme a la normativa vigente, de las
deducciones proporcionales de haberes.
b) La resolución de convocatorias de ayudas de acción social por importe inferior
a 150.000 euros en el ámbito del Ministerio.
Quinto. Delegación de competencias en materia de retribuciones y asistencias.
a) La fijación de las retribuciones y gastos de representación de los Jefes de Misión
en el extranjero.
b) La actualización anual y las posteriores revisiones de las retribuciones de los
Presidentes de las Agencias Estatales y de los Presidentes, Vicepresidentes y, en su
caso, de los Directores Generales y Directores cuando les corresponda el ejercicio de
funciones ejecutivas de máximo nivel de las entidades públicas empresariales y demás
entes públicos.
c) La autorización y fijación, en su caso, de la compensación económica por
asistencia, personal o por representación, a reuniones de órganos colegiados de la
Administración y órganos de administración de organismos públicos a las que se refiere
el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
d) La modificación de los importes máximos autorizados para atender el
complemento de productividad, las gratificaciones por servicios extraordinarios y otros
incentivos al rendimiento, de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Se
excluyen las relativas a las cuantías destinadas a satisfacer el complemento de
productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios del personal de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Hacienda y Función
Pública la fijación del complemento de puesto anual y de la cuantía máxima de
complemento variable anual que deberán asignarse en los contratos de los máximos
cve: BOE-A-2021-21944
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1. Se delega en la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos las siguientes competencias: