III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-21967)
Orden CIN/1502/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a proyectos de colaboración público-privada, del Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada correspondiente al año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 168230
La fórmula de cálculo del coste-hora, para cada empleado participante en el
proyecto, será la que se expresa a continuación, y no se admitirán costes hora
superiores a 50 euros:
Coste Hora =
X+Y
H
Siendo el contenido, para cada valor, el siguiente:
X = Retribuciones satisfechas al empleado en el ejercicio, de acuerdo con lo
declarado en el modelo 190 del IRPF, o documento equivalente.
Y = Cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado,
calculada atendiendo a la base de cotización (expresada en los modelos TC2, o
documento equivalente, debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final
resultante de la aportación de la entidad beneficiaria a la Seguridad Social por ese
empleado. En el caso de que el personal sea socio-accionista de la entidad, el modelo
TC2 se sustituirá por los boletines de cotización a la Seguridad Social.
H = Horas anuales del empleado, según el Convenio de aplicación a la entidad
beneficiaria.
En el caso de aquellas entidades en las que el personal es socio-accionista de la
misma, podrán imputarse los gastos del personal como personal propio de la entidad,
teniendo en cuenta que dicho personal deberá figurar en una escritura notarial. El
documento deberá aportarse junto con su titulación académica en la justificación
económica de la ayuda. Solo se financiará al personal que tenga una titulación
universitaria de grado medio o superior o formación profesional de grado superior.
En el caso de las empresas y asociaciones empresariales sectoriales, referidas en el
artículo 5.1.h) e i), podrá imputarse el coste de nuevas contrataciones, con carácter
indefinido, de investigadores con el grado de doctor destinados a la ejecución del
proyecto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.3.c) y d). Las contrataciones
deberán realizarse dentro del plazo de ejecución del proyecto.
Los contratos laborales de carácter temporal deberán indicar las fuentes de financiación
y los códigos identificativos del proyecto, de la siguiente forma: «Este contrato es parte del
proyecto REFERENCIA DEL PROYECTO, financiado por MCIN/AEI/10.13039/
501100011033 y por la Unión Europea-NextGenerationEU/PRTR», siendo referencia del
proyecto la referencia que figura en la resolución de concesión; MCIN el acrónimo del
Ministerio de Ciencia e Innovación; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de Investigación;
10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la agencia; y PRTR el acrónimo
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En los mismos se deberán incluir
los siguientes logos, en el orden según se citan:
i. El logo del Ministerio de Ciencia e Innovación.
ii. El emblema de la Unión Europea y, junto al emblema de la Unión, se incluirá el
texto «Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU».
iii. El logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
iv. El logo de la Agencia Estatal de Investigación.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014.
Esta mención debe aparecer de manera visible y siempre distanciada y de manera
destacada frente al resto de logotipos de otras entidades que hayan realizado una
aportación económica menor. En la página web de la agencia se podrán dictar
instrucciones y normas gráficas a este respecto.
b) Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero (leasing),
mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental,
equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la
actuación. Se podrá financiar la adquisición o amortización del equipamiento necesario
cve: BOE-A-2021-21967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 168230
La fórmula de cálculo del coste-hora, para cada empleado participante en el
proyecto, será la que se expresa a continuación, y no se admitirán costes hora
superiores a 50 euros:
Coste Hora =
X+Y
H
Siendo el contenido, para cada valor, el siguiente:
X = Retribuciones satisfechas al empleado en el ejercicio, de acuerdo con lo
declarado en el modelo 190 del IRPF, o documento equivalente.
Y = Cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado,
calculada atendiendo a la base de cotización (expresada en los modelos TC2, o
documento equivalente, debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final
resultante de la aportación de la entidad beneficiaria a la Seguridad Social por ese
empleado. En el caso de que el personal sea socio-accionista de la entidad, el modelo
TC2 se sustituirá por los boletines de cotización a la Seguridad Social.
H = Horas anuales del empleado, según el Convenio de aplicación a la entidad
beneficiaria.
En el caso de aquellas entidades en las que el personal es socio-accionista de la
misma, podrán imputarse los gastos del personal como personal propio de la entidad,
teniendo en cuenta que dicho personal deberá figurar en una escritura notarial. El
documento deberá aportarse junto con su titulación académica en la justificación
económica de la ayuda. Solo se financiará al personal que tenga una titulación
universitaria de grado medio o superior o formación profesional de grado superior.
En el caso de las empresas y asociaciones empresariales sectoriales, referidas en el
artículo 5.1.h) e i), podrá imputarse el coste de nuevas contrataciones, con carácter
indefinido, de investigadores con el grado de doctor destinados a la ejecución del
proyecto de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.3.c) y d). Las contrataciones
deberán realizarse dentro del plazo de ejecución del proyecto.
Los contratos laborales de carácter temporal deberán indicar las fuentes de financiación
y los códigos identificativos del proyecto, de la siguiente forma: «Este contrato es parte del
proyecto REFERENCIA DEL PROYECTO, financiado por MCIN/AEI/10.13039/
501100011033 y por la Unión Europea-NextGenerationEU/PRTR», siendo referencia del
proyecto la referencia que figura en la resolución de concesión; MCIN el acrónimo del
Ministerio de Ciencia e Innovación; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de Investigación;
10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la agencia; y PRTR el acrónimo
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En los mismos se deberán incluir
los siguientes logos, en el orden según se citan:
i. El logo del Ministerio de Ciencia e Innovación.
ii. El emblema de la Unión Europea y, junto al emblema de la Unión, se incluirá el
texto «Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU».
iii. El logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
iv. El logo de la Agencia Estatal de Investigación.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014.
Esta mención debe aparecer de manera visible y siempre distanciada y de manera
destacada frente al resto de logotipos de otras entidades que hayan realizado una
aportación económica menor. En la página web de la agencia se podrán dictar
instrucciones y normas gráficas a este respecto.
b) Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero (leasing),
mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental,
equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la
actuación. Se podrá financiar la adquisición o amortización del equipamiento necesario
cve: BOE-A-2021-21967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314