III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2021-21839)
Resolución 4B0/38457/2021, de 21 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publican los conciertos suscritos con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2022, 2023 y 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167265
Queda excluida la cobertura del internamiento social de pacientes afectados de
demencias neurodegenerativas tales como Alzheimer y otras, si bien, se atenderá la
hospitalización de aquellos enfermos que, padeciendo algún tipo de demencia
neurodegenerativa, precisen hospitalización psiquiátrica a causa de procesos
intercurrentes o descompensaciones severas.
C) Psicoterapia. Se incluye la psicoterapia, individual, de grupo o familiar, siempre
que haya sido prescrita por psiquiatra de la Entidad, realizada en medios concertados
con la misma y que su finalidad sea el tratamiento de patologías psiquiátricas. La Entidad
está obligada a facilitar un número máximo de 20 sesiones por año natural (psicoterapia
breve o terapia focal), salvo en los trastornos de la alimentación y trastornos
relacionados con la violencia de género, en los que se facilitarán todas las sesiones que
el psiquiatra responsable de la asistencia considere necesario para la correcta evolución
del caso.
Se excluyen el psicoanálisis, la psicoterapia psicoanalítica, la hipnosis y la
narcolepsia ambulatoria.
2.3.9
Otras Especificaciones Complementarias.
A) Cirugía plástica, estética y reparadora. Queda excluida la cirugía plástica,
estética y reparadora que no guarde relación con accidente, enfermedad o malformación
congénita.
En los supuestos de accidente de servicio o enfermedad profesional, se practicará en
toda su amplitud, incluyendo, si fuera necesario, la cirugía plástica, estética y reparadora
en los casos en que, aun habiendo sido curadas las lesiones, quedaran deformaciones o
mutilaciones que produzcan alteraciones del aspecto físico o dificulten la total
recuperación del paciente. Igualmente se atenderá el tratamiento de lesiones derivadas
de actos de violencia de género.
B) Trasplantes. Queda incluida la cobertura de los trasplantes de todo tipo: de
órganos, de tejidos y de células de origen humano, así como los injertos óseos. La
obtención y trasplante de órganos se realizará conforme a lo establecido en la legislación
sanitaria vigente, correspondiendo a la Entidad asumir todos los gastos de obtención y
trasplante del órgano o tejido, incluyendo los estudios de compatibilidad.
En concreto se atenderá la cobertura de los siguientes tipos de trasplantes:
2.4
Cartera de servicios de atención de urgencia.
2.4.1 Contenido. La Atención de Urgencia es aquella que se presta al paciente en
los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata.
La Atención de Urgencia se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos,
incluyendo el domicilio del paciente y la atención in situ, durante las 24 horas del día
todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la
colaboración de otros profesionales.
cve: BOE-A-2021-21839
Verificable en https://www.boe.es
1. Órganos: riñón, corazón, pulmón, hígado, páncreas, intestino, riñón-páncreas,
corazón-pulmón y cualquier otra combinación de dos o más de estos órganos para la
que exista una indicación clínica establecida.
2. Otros trasplantes autorizados por la Organización Nacional de Trasplantes.
3. Tejidos y células: Células progenitoras hematopoyéticas procedentes de médula
ósea, sangre periférica y sangre de cordón umbilical, en aquellos procesos en los que
exista una indicación clínica establecida; tejidos del globo ocular (córnea, esclera y limbo
corneal); membrana amniótica; homoinjertos valvulares; homoinjertos vasculares; tejidos
musculoesqueléticos y piel; trasplante autólogo de condrocitos como tratamiento de
segunda elección cuando haya fracasado una opción terapéutica previa en lesiones
condrales de la articulación de la rodilla y en osteocondritis disecante; cultivos de
queratinocitos y cultivos celulares para los que exista una indicación clínica establecida.
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167265
Queda excluida la cobertura del internamiento social de pacientes afectados de
demencias neurodegenerativas tales como Alzheimer y otras, si bien, se atenderá la
hospitalización de aquellos enfermos que, padeciendo algún tipo de demencia
neurodegenerativa, precisen hospitalización psiquiátrica a causa de procesos
intercurrentes o descompensaciones severas.
C) Psicoterapia. Se incluye la psicoterapia, individual, de grupo o familiar, siempre
que haya sido prescrita por psiquiatra de la Entidad, realizada en medios concertados
con la misma y que su finalidad sea el tratamiento de patologías psiquiátricas. La Entidad
está obligada a facilitar un número máximo de 20 sesiones por año natural (psicoterapia
breve o terapia focal), salvo en los trastornos de la alimentación y trastornos
relacionados con la violencia de género, en los que se facilitarán todas las sesiones que
el psiquiatra responsable de la asistencia considere necesario para la correcta evolución
del caso.
Se excluyen el psicoanálisis, la psicoterapia psicoanalítica, la hipnosis y la
narcolepsia ambulatoria.
2.3.9
Otras Especificaciones Complementarias.
A) Cirugía plástica, estética y reparadora. Queda excluida la cirugía plástica,
estética y reparadora que no guarde relación con accidente, enfermedad o malformación
congénita.
En los supuestos de accidente de servicio o enfermedad profesional, se practicará en
toda su amplitud, incluyendo, si fuera necesario, la cirugía plástica, estética y reparadora
en los casos en que, aun habiendo sido curadas las lesiones, quedaran deformaciones o
mutilaciones que produzcan alteraciones del aspecto físico o dificulten la total
recuperación del paciente. Igualmente se atenderá el tratamiento de lesiones derivadas
de actos de violencia de género.
B) Trasplantes. Queda incluida la cobertura de los trasplantes de todo tipo: de
órganos, de tejidos y de células de origen humano, así como los injertos óseos. La
obtención y trasplante de órganos se realizará conforme a lo establecido en la legislación
sanitaria vigente, correspondiendo a la Entidad asumir todos los gastos de obtención y
trasplante del órgano o tejido, incluyendo los estudios de compatibilidad.
En concreto se atenderá la cobertura de los siguientes tipos de trasplantes:
2.4
Cartera de servicios de atención de urgencia.
2.4.1 Contenido. La Atención de Urgencia es aquella que se presta al paciente en
los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata.
La Atención de Urgencia se dispensa tanto en centros sanitarios como fuera de ellos,
incluyendo el domicilio del paciente y la atención in situ, durante las 24 horas del día
todos los días del año, mediante la atención médica y de enfermería y con la
colaboración de otros profesionales.
cve: BOE-A-2021-21839
Verificable en https://www.boe.es
1. Órganos: riñón, corazón, pulmón, hígado, páncreas, intestino, riñón-páncreas,
corazón-pulmón y cualquier otra combinación de dos o más de estos órganos para la
que exista una indicación clínica establecida.
2. Otros trasplantes autorizados por la Organización Nacional de Trasplantes.
3. Tejidos y células: Células progenitoras hematopoyéticas procedentes de médula
ósea, sangre periférica y sangre de cordón umbilical, en aquellos procesos en los que
exista una indicación clínica establecida; tejidos del globo ocular (córnea, esclera y limbo
corneal); membrana amniótica; homoinjertos valvulares; homoinjertos vasculares; tejidos
musculoesqueléticos y piel; trasplante autólogo de condrocitos como tratamiento de
segunda elección cuando haya fracasado una opción terapéutica previa en lesiones
condrales de la articulación de la rodilla y en osteocondritis disecante; cultivos de
queratinocitos y cultivos celulares para los que exista una indicación clínica establecida.