II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-21813)
Resolución 400/38464/2021, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 167113

Nivel 17 en adelante: 10,00 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras
reclasificaciones de nivel con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de
familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del
Estado, sus organismos autónomos y sus agencias estatales, y a los funcionarios en
situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración
General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les
correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del Subgrupo C2.
Asimismo se otorgará un punto a los funcionarios de Cuerpos y Escalas de la
Administración General del Estado con destino en otras Administraciones o en otros
Organismos, no mencionados en los párrafos anteriores, y a los funcionarios de Cuerpos
y Escalas Postales y Telegráficos que no tengan destino en la Administración General
del Estado.
d) Por pertenecer al Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada: 3 puntos.
e) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo
contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y
Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones
Públicas, con una duración mínima acreditada de 20 horas, hasta un máximo de 4
puntos a razón de un punto por cada curso.
f) Por estar en posesión de titulación correspondiente al ciclo formativo de grado
superior, directamente relacionada con la plaza a la que se opta, se otorgará una
puntuación de 10 puntos.
La documentación que acredite los cursos de formación a valorar, así como la
titulación académica, se acompañará al certificado de requisitos y méritos, mediante
copia autenticada de la misma.

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público, hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria, en la Administración General del Estado o en sus
organismos autónomos, agencias estatales y entes públicos, incluidos en el ámbito del
Real Decreto de oferta de empleo público, a razón de un punto por año completo de
servicios, hasta un máximo de 15 puntos.
b) Grupo profesional: Según el tiempo de permanencia como personal laboral fijo,
hasta la fecha de publicación de la convocatoria, en los grupos profesionales y
especialidades descritos en la base 6.1.2 de la presente convocatoria, incluidos los
servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en dichos grupos y
especialidades, un punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 18
puntos.
c) Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal
laboral fijo: 3 puntos.
d) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación acreditados cuyo
contenido esté directamente relacionado con las tareas propias del programa elegido y
Cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones

cve: BOE-A-2021-21813
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Personal laboral fijo