III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Organizaciones sindicales. Acuerdo. (BOE-A-2021-21833)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG, en el ámbito de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167227
Es constatable la diferencia retributiva existente en el complemento específico o
conceptos asimilados que se perciben por el personal de Justicia en los diferentes
ámbitos territoriales de la Administración de Justicia, lo que genera asimetrías salariales
para las mismas actividades y funciones laborales de los mismos cuerpos nacionales,
siendo éstas más acusadas en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia. En
este sentido, la Disposición Adicional 157, antes mencionada, habilita la negociación
para adecuar los mismos al volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las
que se perciben en puestos equivalentes en otros ámbitos.
Respecto al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, su adecuación
salarial se vincula a las nuevas funciones asumidas en las reformas procesales y
organizativas.
Por otro lado, los cambios estructurales en la Administración de Justicia requieren
una adecuación del marco profesional. En este proceso de modernización de la Justicia,
es preciso impulsar políticas de personal que consideren a los recursos humanos como
el factor clave, mejorando su valoración como profesionales y dignificando su función a
través del reconocimiento laboral y retributivo de su trabajo.
En virtud de todo lo anterior, el Ministerio de Justicia y las Organizaciones Sindicales,
miembros integrantes de la Mesa Sectorial de Negociación del personal de la
Administración de Justicia, convienen en suscribir el siguiente:
ACUERDO
Primero.
Ámbito de aplicación.
El presente Acuerdo será de aplicación al personal del Cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia, de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa,
Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, y de los Cuerpos Especiales de
Medicina Forense y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, que
desarrollen su actividad en puestos de trabajo de la Administración de Justicia.
Segundo.
Objetivo y finalidad del Acuerdo.
El presente Acuerdo tiene como objetivos:
Tercero. Incremento en los complementos específicos del personal de los Cuerpos
Generales y Especiales de la Administración de Justicia de gestión directa del
Ministerio.
Durante 2021, con efectos económicos de 1 de enero, el complemento específico o
concepto retributivo equivalente de todos los puestos del personal al servicio de la
Administración de Justicia de los ámbitos de gestión directa del Ministerio, se
incrementará conforme se estipula en este acuerdo.
cve: BOE-A-2021-21833
Verificable en https://www.boe.es
– El incremento del Complemento Específico del ámbito no transferido para
adecuarlo al volumen y responsabilidad en el trabajo, y aproximar las retribuciones a las
que se percibe en puestos equivalentes en otros ámbitos territoriales con la gestión
transferida. Todo ello de conformidad con la Disposición Adicional 157.ª de la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021 de Presupuestos para 2021.
– La adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en
relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las reformas procesales
y organizativas.
– La ordenación e impulso de la negociación colectiva en el marco de la normativa
vigente y dentro del proceso de modernización y transformación de la Administración de
Justicia con la finalidad de asegurar el éxito en la implantación de las reformas
legislativas que se están impulsando.
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167227
Es constatable la diferencia retributiva existente en el complemento específico o
conceptos asimilados que se perciben por el personal de Justicia en los diferentes
ámbitos territoriales de la Administración de Justicia, lo que genera asimetrías salariales
para las mismas actividades y funciones laborales de los mismos cuerpos nacionales,
siendo éstas más acusadas en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia. En
este sentido, la Disposición Adicional 157, antes mencionada, habilita la negociación
para adecuar los mismos al volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las
que se perciben en puestos equivalentes en otros ámbitos.
Respecto al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, su adecuación
salarial se vincula a las nuevas funciones asumidas en las reformas procesales y
organizativas.
Por otro lado, los cambios estructurales en la Administración de Justicia requieren
una adecuación del marco profesional. En este proceso de modernización de la Justicia,
es preciso impulsar políticas de personal que consideren a los recursos humanos como
el factor clave, mejorando su valoración como profesionales y dignificando su función a
través del reconocimiento laboral y retributivo de su trabajo.
En virtud de todo lo anterior, el Ministerio de Justicia y las Organizaciones Sindicales,
miembros integrantes de la Mesa Sectorial de Negociación del personal de la
Administración de Justicia, convienen en suscribir el siguiente:
ACUERDO
Primero.
Ámbito de aplicación.
El presente Acuerdo será de aplicación al personal del Cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia, de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa,
Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, y de los Cuerpos Especiales de
Medicina Forense y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, que
desarrollen su actividad en puestos de trabajo de la Administración de Justicia.
Segundo.
Objetivo y finalidad del Acuerdo.
El presente Acuerdo tiene como objetivos:
Tercero. Incremento en los complementos específicos del personal de los Cuerpos
Generales y Especiales de la Administración de Justicia de gestión directa del
Ministerio.
Durante 2021, con efectos económicos de 1 de enero, el complemento específico o
concepto retributivo equivalente de todos los puestos del personal al servicio de la
Administración de Justicia de los ámbitos de gestión directa del Ministerio, se
incrementará conforme se estipula en este acuerdo.
cve: BOE-A-2021-21833
Verificable en https://www.boe.es
– El incremento del Complemento Específico del ámbito no transferido para
adecuarlo al volumen y responsabilidad en el trabajo, y aproximar las retribuciones a las
que se percibe en puestos equivalentes en otros ámbitos territoriales con la gestión
transferida. Todo ello de conformidad con la Disposición Adicional 157.ª de la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021 de Presupuestos para 2021.
– La adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en
relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las reformas procesales
y organizativas.
– La ordenación e impulso de la negociación colectiva en el marco de la normativa
vigente y dentro del proceso de modernización y transformación de la Administración de
Justicia con la finalidad de asegurar el éxito en la implantación de las reformas
legislativas que se están impulsando.