III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Organizaciones sindicales. Acuerdo. (BOE-A-2021-21833)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG, en el ámbito de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167226
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21833
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General para el
Servicio Público de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el
Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG,
en el ámbito de la Administración de Justicia.
Habiéndose suscrito el Acuerdo de 15 de diciembre de 2021 entre el Ministerio de
Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG, que figura como Anexo
a la presente Resolución, y con la finalidad de favorecer el conocimiento del referido
Acuerdo, esta Dirección General ha resuelto ordenar su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 21 de diciembre de 2021.–La Directora General para el Servicio Público de
Justicia, Maria del Àngels García Vidal.
ANEXO
Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia sobre incremento de
complemento específico del personal del ámbito de competencia del Ministerio de
Justicia, adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de
Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las
reformas procesales y organizativas y desarrollo de la negociación colectiva en
materia organizativa y condiciones de trabajo en la Administración de Justicia
La Disposición Adicional 157.ª de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 de Presupuestos para 2021,
dispone:
En la Administración de Justicia el complemento específico retribuye las condiciones
particulares de los puestos, en atención a su especial dificultad técnica, dedicación,
responsabilidad, incompatibilidad, penosidad o peligrosidad. (1)
(1)
Artículo 516 LOPJ.
De conformidad con el artículo 519.4 de la LOPJ, la cuantía individualizada del
complemento específico se fija por el Ministerio de Justicia o el órgano competente de la
Comunidad Autónoma, previa negociación con las organizaciones sindicales en sus
respectivos ámbitos, al elaborar las relaciones de puestos de trabajo en función de la
valoración de las condiciones particulares de los mismos.
cve: BOE-A-2021-21833
Verificable en https://www.boe.es
«Se procederá a la negociación en el ámbito de la Mesa de Retribuciones y Empleo
de la Administración de Justicia de un incremento en los complementos específicos del
personal de los Cuerpos de Auxilio Judicial, de Tramitación Procesal y Administrativa, de
Gestión Procesal y Administrativa, de Médicos Forenses y de los cuerpos especiales del
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, para adecuar los mismos al
volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las que se perciben en puestos
equivalentes en otros ámbitos.
Igualmente se procederá a la adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este
Cuerpo en las últimas reformas procesales y organizativas.
Para ello, el Gobierno adoptará los acuerdos que correspondan en orden a la
dotación presupuestaria adecuada a la presente disposición.»
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167226
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21833
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Dirección General para el
Servicio Público de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el
Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG,
en el ámbito de la Administración de Justicia.
Habiéndose suscrito el Acuerdo de 15 de diciembre de 2021 entre el Ministerio de
Justicia y las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, UGT y CIG, que figura como Anexo
a la presente Resolución, y con la finalidad de favorecer el conocimiento del referido
Acuerdo, esta Dirección General ha resuelto ordenar su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 21 de diciembre de 2021.–La Directora General para el Servicio Público de
Justicia, Maria del Àngels García Vidal.
ANEXO
Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia sobre incremento de
complemento específico del personal del ámbito de competencia del Ministerio de
Justicia, adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de
Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las
reformas procesales y organizativas y desarrollo de la negociación colectiva en
materia organizativa y condiciones de trabajo en la Administración de Justicia
La Disposición Adicional 157.ª de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 de Presupuestos para 2021,
dispone:
En la Administración de Justicia el complemento específico retribuye las condiciones
particulares de los puestos, en atención a su especial dificultad técnica, dedicación,
responsabilidad, incompatibilidad, penosidad o peligrosidad. (1)
(1)
Artículo 516 LOPJ.
De conformidad con el artículo 519.4 de la LOPJ, la cuantía individualizada del
complemento específico se fija por el Ministerio de Justicia o el órgano competente de la
Comunidad Autónoma, previa negociación con las organizaciones sindicales en sus
respectivos ámbitos, al elaborar las relaciones de puestos de trabajo en función de la
valoración de las condiciones particulares de los mismos.
cve: BOE-A-2021-21833
Verificable en https://www.boe.es
«Se procederá a la negociación en el ámbito de la Mesa de Retribuciones y Empleo
de la Administración de Justicia de un incremento en los complementos específicos del
personal de los Cuerpos de Auxilio Judicial, de Tramitación Procesal y Administrativa, de
Gestión Procesal y Administrativa, de Médicos Forenses y de los cuerpos especiales del
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, para adecuar los mismos al
volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las que se perciben en puestos
equivalentes en otros ámbitos.
Igualmente se procederá a la adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este
Cuerpo en las últimas reformas procesales y organizativas.
Para ello, el Gobierno adoptará los acuerdos que correspondan en orden a la
dotación presupuestaria adecuada a la presente disposición.»