III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-21860)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con Dynamic Consulting International Telecommunications Spain, SL, para el desarrollo del proyecto "Ensayo de riego localizado subterráneo en almendro" en las instalaciones del Centro Nacional de Tecnología de Regadíos.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 167501

confidencialidad se extenderá a cinco (5) años a partir de la fecha de terminación del
mismo.
7.3 De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos de
carácter personal, las partes reunirán y tratarán los datos de las personas afectadas por
el desarrollo o ejecución del convenio, incluidos los datos recopilados por medios
electrónicos, exclusivamente para fines relacionados con el convenio, así como para dar
cumplimiento a sus obligaciones legales.
La representación de las Partes podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación dirigiéndose a la dirección indicada en el encabezamiento del
convenio para cada una de las partes.
Octava. Flujo de información.
Las Partes se comprometen a facilitarse a la mayor brevedad posible toda
información que pudiera solicitarse en relación con la evolución de los asuntos objeto del
convenio.
Novena.

Duración del convenio.

9.1 Este convenio tendrá una duración máxima de 4 años y resultará eficaz una vez
inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Así mismo
será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
9.2 Las Partes podrán pactar de mutuo acuerdo una prórroga de la duración del
convenio de como máximo 4 años, de lo cual se hará constancia por escrito, señalando
aquellos otros términos o condiciones que derivan de dicha prórroga.
Décima.

Incumplimientos.

En caso de incumplimiento del convenio por alguna de las partes, la otra parte podrá
reclamar la resolución del mismo dejando sin efecto las obligaciones que se señalan en
cláusula tercera, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad derivada de dicho
incumplimiento a que hubiera lugar. En cualquier caso, antes de la resolución del
convenio se reunirá la comisión de seguimiento del mismo para tratar el incumplimiento
que se haya producido.
Undécima.

Modificación del convenio.

El presente convenio podrá ser modificado a petición de las partes, por acuerdo
mutuo, previa reunión de la comisión de seguimiento, y mediante adenda de
modificación.
Duodécima.

Notificaciones.

Por IAP SOLUTIONS
joachim.janssen@iapsolutions.com
Por el MAPA:
bzn-labocenter@mapa.es

cve: BOE-A-2021-21860
Verificable en https://www.boe.es

Todas las notificaciones requeridas al amparo de este convenio deberán ser
efectuadas, por escrito y se considerarán comunicadas en la fecha en la que sean
entregadas personalmente, por correo certificado con acuse de recibo o enviadas por
correo electrónico a la otra parte a la dirección siguiente: