I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-21788)
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166884
por encima de la media europea. El recurso a la contratación temporal injustificada es
una práctica muy arraigada en nuestras relaciones laborales y generalizada por sectores,
que genera ineficiencia e inestabilidad económica, además de una precariedad social
inaceptable.
En cuanto al diagnóstico y las principales debilidades estructurales que deben ser
adecuadamente corregidas para conseguir un mercado de trabajo justo, sostenible y
resiliente, con capacidad para abordar las transformaciones y retos de futuro, se
encuentran las que se exponen a continuación.
En primer lugar, el mercado de trabajo español arrastra desde hace décadas un
profundo desequilibrio en términos comparados con los países de la Unión Europea. Ello
se debe a que España tiene una tasa de temporalidad y de paro que prácticamente
duplica la media europea.
No existe ninguna razón objetiva en la economía española que justifique este
elevado diferencial negativo que tiene profundas y negativas consecuencias sobre la
vida y el bienestar de las personas trabajadoras, pero también sobre el modelo
empresarial y la estructura productiva de nuestro país.
Una de estas consecuencias negativas es la menor productividad de la economía
española, porque un modelo laboral basado en la temporalidad desincentiva la inversión
en formación, tanto en recursos como en tiempo dedicado, por parte de las empresas y
las personas trabajadoras, pero también porque el elevado nivel de rotación laboral de
una parte considerable de las plantillas impide la cualificación permanente y la
vinculación profesional de las personas.
Para enfrentarnos a esta anomalía de paro y temporalidad excesivos es necesaria
una transformación integral de nuestro mercado de trabajo, cambiando las normas que
favorecen está temporalidad por otras que impulsen la estabilidad en el empleo,
generando así un cambio en las prácticas y en la propia cultura de las relaciones
laborales.
El objetivo de este cambio en las normas, pero también en las prácticas y la propia
cultura de las relaciones laborales, es el de actuar contra los problemas de los que
adolece nuestro mercado de trabajo desde hace décadas:
a) Un modelo de relaciones laborales especialmente frágil, débil e inestable, que es
el responsable, en buena medida, de que las caídas en la actividad económica se
trasladen con enorme intensidad a la destrucción del empleo, salvo en la última crisis
gracias a la aplicación de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).
b) El elevado nivel de temporalidad ejerce una fuerte presión sobre los salarios y el
resto de las condiciones de trabajo, convirtiéndose en un instrumento para la
devaluación salarial que, por un lado, deteriora el nivel de vida de las personas y, por
otro, debilita la demanda interna y, por lo tanto, la capacidad de crecimiento económico
de nuestro país.
Además, la combinación de aumento del empleo temporal en las fases expansivas y
la destrucción intensa en las fases recesivas de ciclo económico impide la necesaria
estabilidad para mejorar la productividad de la economía y de las empresas españolas,
provocando las condiciones de un modelo no deseado, que busca la competitividad en la
reducción de los salarios y no en lograr una mayor productividad; esto es, competir con
más calidad y más innovación, tanto en los productos como en los procesos de
producción.
c) Una reducción en los niveles de competitividad y productividad de las empresas
por una menor inversión en formación y menor capacidad de adaptación a los cambios y
mejoras tecnológicas (sin estabilidad en el empleo no hay inversión real en formación).
Esto debe ponerse en relación con la distribución del tejido empresarial español
constituido en un porcentaje muy elevado por pymes y micropymes, lo que hace
especialmente necesario asegurar la eficiencia y productividad de las mismas a través
de alternativas tecnológicas no asociadas al tamaño de las empresas.
d) Un modelo de relaciones laborales desigual e injusto, porque la temporalidad se
distribuye de forma desequilibrada según la edad o el género, de tal forma que son las
cve: BOE-A-2021-21788
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 166884
por encima de la media europea. El recurso a la contratación temporal injustificada es
una práctica muy arraigada en nuestras relaciones laborales y generalizada por sectores,
que genera ineficiencia e inestabilidad económica, además de una precariedad social
inaceptable.
En cuanto al diagnóstico y las principales debilidades estructurales que deben ser
adecuadamente corregidas para conseguir un mercado de trabajo justo, sostenible y
resiliente, con capacidad para abordar las transformaciones y retos de futuro, se
encuentran las que se exponen a continuación.
En primer lugar, el mercado de trabajo español arrastra desde hace décadas un
profundo desequilibrio en términos comparados con los países de la Unión Europea. Ello
se debe a que España tiene una tasa de temporalidad y de paro que prácticamente
duplica la media europea.
No existe ninguna razón objetiva en la economía española que justifique este
elevado diferencial negativo que tiene profundas y negativas consecuencias sobre la
vida y el bienestar de las personas trabajadoras, pero también sobre el modelo
empresarial y la estructura productiva de nuestro país.
Una de estas consecuencias negativas es la menor productividad de la economía
española, porque un modelo laboral basado en la temporalidad desincentiva la inversión
en formación, tanto en recursos como en tiempo dedicado, por parte de las empresas y
las personas trabajadoras, pero también porque el elevado nivel de rotación laboral de
una parte considerable de las plantillas impide la cualificación permanente y la
vinculación profesional de las personas.
Para enfrentarnos a esta anomalía de paro y temporalidad excesivos es necesaria
una transformación integral de nuestro mercado de trabajo, cambiando las normas que
favorecen está temporalidad por otras que impulsen la estabilidad en el empleo,
generando así un cambio en las prácticas y en la propia cultura de las relaciones
laborales.
El objetivo de este cambio en las normas, pero también en las prácticas y la propia
cultura de las relaciones laborales, es el de actuar contra los problemas de los que
adolece nuestro mercado de trabajo desde hace décadas:
a) Un modelo de relaciones laborales especialmente frágil, débil e inestable, que es
el responsable, en buena medida, de que las caídas en la actividad económica se
trasladen con enorme intensidad a la destrucción del empleo, salvo en la última crisis
gracias a la aplicación de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).
b) El elevado nivel de temporalidad ejerce una fuerte presión sobre los salarios y el
resto de las condiciones de trabajo, convirtiéndose en un instrumento para la
devaluación salarial que, por un lado, deteriora el nivel de vida de las personas y, por
otro, debilita la demanda interna y, por lo tanto, la capacidad de crecimiento económico
de nuestro país.
Además, la combinación de aumento del empleo temporal en las fases expansivas y
la destrucción intensa en las fases recesivas de ciclo económico impide la necesaria
estabilidad para mejorar la productividad de la economía y de las empresas españolas,
provocando las condiciones de un modelo no deseado, que busca la competitividad en la
reducción de los salarios y no en lograr una mayor productividad; esto es, competir con
más calidad y más innovación, tanto en los productos como en los procesos de
producción.
c) Una reducción en los niveles de competitividad y productividad de las empresas
por una menor inversión en formación y menor capacidad de adaptación a los cambios y
mejoras tecnológicas (sin estabilidad en el empleo no hay inversión real en formación).
Esto debe ponerse en relación con la distribución del tejido empresarial español
constituido en un porcentaje muy elevado por pymes y micropymes, lo que hace
especialmente necesario asegurar la eficiencia y productividad de las mismas a través
de alternativas tecnológicas no asociadas al tamaño de las empresas.
d) Un modelo de relaciones laborales desigual e injusto, porque la temporalidad se
distribuye de forma desequilibrada según la edad o el género, de tal forma que son las
cve: BOE-A-2021-21788
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Núm. 313