III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2021-21873)
Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 167627

En su elaboración, se ha tenido en cuenta la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
así como la «Guía para la elaboración de órdenes ministeriales de bases reguladoras
para la concesión de subvenciones relacionadas con el uso de Fondos Europeos en
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», elaborada por la
Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, entre
otras referencias.
Esta orden, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17.1 de
la referida Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha sido objeto
de los informes preceptivos de la Abogacía del Estado y de la Intervención delegada de
la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto.

Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las bases reguladoras para
la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital para la
digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de
autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la adopción de soluciones de
digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

1. Las subvenciones previstas en la presente orden se sujetan a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de
desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
2. Las subvenciones se sujetarán, también, a la normativa del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, a la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y a la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia.
3. Dada la financiación de las ayudas a conceder en el marco de esta Orden por el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación el Real Decreto‐
ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4. Las ayudas a conceder en el marco de esta Orden constituirán ayudas de
Estado, por lo que serán de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la

cve: BOE-A-2021-21873
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Artículo 2. Normativa aplicable.