III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-21763)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo de un proyecto territorial para el reequilibrio y la equidad de fomento del emprendimiento y microempresas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como parte del Plan de Reactivación Económica de los Pirineos Orientales de Navarra, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166444
microempresas» incluido en la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el
reequilibrio y la equidad», que consistirá en un nuevo proyecto territorial que aborde el
reto demográfico y facilite la transformación productiva, en particular hacia una economía
verde y digital.
Se podrán financiar, además de la aprobación de programas de ayudas públicas, la
convocatoria y concesión de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de
gestión directa y cualquier otra fórmula de actuación por parte de la Comunidad Foral de
Navarra admitida en derecho y que tenga por objeto las actuaciones del proyecto.
En este proyecto se incluirían actuaciones de capacitación agraria y empleo que fije
población en el ámbito rural y sus pequeños municipios, dinamizadoras del desarrollo
local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística,
Iniciativas de Transición Ecológicas, Iniciativas de Desarrollo Local, Turismo Rural y
patrimonio histórico-artístico, entre otros.
Se priorizarán las inversiones públicas que contribuyan a favorecer el
emprendimiento, la empresarialidad, la fijación de la población y el empleo y la propia
capacitación de las administraciones locales a través de las siguientes líneas de
actuación:
A: Generar las condiciones básicas para el desarrollo de la actividad económica en el
Pirineo (inversión pública).
B: Favorecer e impulsar la actividad emprendedora en el territorio (ámbito privado).
C: Dinamizar el tejido económico y emprendedor del territorio y atraer nuevas
iniciativas emprendedoras. (colaboración público-privada).
El 25 por ciento de las actividades a financiar estarán orientadas al desarrollo de la
economía verde y el 25 por ciento al emprendimiento digital, contribuyendo al
cumplimiento de la etiqueta 047- Apoyo a procesos de producción respetuosos con el
medio ambiente y eficiencia en el uso de recursos en las pymes y la etiqueta 100- Apoyo
al trabajo por cuenta propia y a la creación de empresas, respectivamente, de acuerdo
con los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Estas actuaciones formaran parte del Plan de Reactivación Económica de los
Pirineos Orientales de Navarra promovido por dicha Comunidad Foral.
El coste por iniciativa emprendedora incluida en el proyecto objeto de subvención
será de 5.000 euros máximo.
Serán objeto de subvención, conforme a los costes máximos establecidos en el
apartado anterior, los gastos incluidos en la Inversión 4 del Componente 23 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones reguladas en el real decreto 902/2021, de 19 de octubre, y en el
presente convenio, se financiarán con cargo al Presupuesto del Servicio Público de
Empleo Estatal. Asimismo, las actuaciones se financiarán por los fondos derivados del
Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), a través del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
La Comunidad Foral de Navarra garantizará el pleno cumplimiento del principio de
«no causar daño significativo» (principio «do not significant harm-DNSH») y el etiquetado
climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y
en el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
Respecto de la aportación estatal a través del Servicio Público de Empleo Estatal, la
Comunidad Foral de Navarra gestionará los recursos aplicándolos a las actuaciones
específicas dirigidas a la obtención de los hitos y objetivos señalados en la cláusula
segunda, de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso.
cve: BOE-A-2021-21763
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166444
microempresas» incluido en la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el
reequilibrio y la equidad», que consistirá en un nuevo proyecto territorial que aborde el
reto demográfico y facilite la transformación productiva, en particular hacia una economía
verde y digital.
Se podrán financiar, además de la aprobación de programas de ayudas públicas, la
convocatoria y concesión de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de
gestión directa y cualquier otra fórmula de actuación por parte de la Comunidad Foral de
Navarra admitida en derecho y que tenga por objeto las actuaciones del proyecto.
En este proyecto se incluirían actuaciones de capacitación agraria y empleo que fije
población en el ámbito rural y sus pequeños municipios, dinamizadoras del desarrollo
local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística,
Iniciativas de Transición Ecológicas, Iniciativas de Desarrollo Local, Turismo Rural y
patrimonio histórico-artístico, entre otros.
Se priorizarán las inversiones públicas que contribuyan a favorecer el
emprendimiento, la empresarialidad, la fijación de la población y el empleo y la propia
capacitación de las administraciones locales a través de las siguientes líneas de
actuación:
A: Generar las condiciones básicas para el desarrollo de la actividad económica en el
Pirineo (inversión pública).
B: Favorecer e impulsar la actividad emprendedora en el territorio (ámbito privado).
C: Dinamizar el tejido económico y emprendedor del territorio y atraer nuevas
iniciativas emprendedoras. (colaboración público-privada).
El 25 por ciento de las actividades a financiar estarán orientadas al desarrollo de la
economía verde y el 25 por ciento al emprendimiento digital, contribuyendo al
cumplimiento de la etiqueta 047- Apoyo a procesos de producción respetuosos con el
medio ambiente y eficiencia en el uso de recursos en las pymes y la etiqueta 100- Apoyo
al trabajo por cuenta propia y a la creación de empresas, respectivamente, de acuerdo
con los compromisos asumidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Estas actuaciones formaran parte del Plan de Reactivación Económica de los
Pirineos Orientales de Navarra promovido por dicha Comunidad Foral.
El coste por iniciativa emprendedora incluida en el proyecto objeto de subvención
será de 5.000 euros máximo.
Serán objeto de subvención, conforme a los costes máximos establecidos en el
apartado anterior, los gastos incluidos en la Inversión 4 del Componente 23 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las subvenciones reguladas en el real decreto 902/2021, de 19 de octubre, y en el
presente convenio, se financiarán con cargo al Presupuesto del Servicio Público de
Empleo Estatal. Asimismo, las actuaciones se financiarán por los fondos derivados del
Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), a través del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
La Comunidad Foral de Navarra garantizará el pleno cumplimiento del principio de
«no causar daño significativo» (principio «do not significant harm-DNSH») y el etiquetado
climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y
en el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto.
Respecto de la aportación estatal a través del Servicio Público de Empleo Estatal, la
Comunidad Foral de Navarra gestionará los recursos aplicándolos a las actuaciones
específicas dirigidas a la obtención de los hitos y objetivos señalados en la cláusula
segunda, de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso.
cve: BOE-A-2021-21763
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312