III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-21763)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo de un proyecto territorial para el reequilibrio y la equidad de fomento del emprendimiento y microempresas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como parte del Plan de Reactivación Económica de los Pirineos Orientales de Navarra, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166443

Transformación y Resiliencia, validado por la Comisión Europea, para la inversión 4 del
Componente 23 (C23.I04).
Financiación.

Para la consecución de los objetivos y la ejecución de un proyecto de
«Emprendimiento y microempresas» incluido en la Inversión 4, «Nuevos proyectos
territoriales para el reequilibrio y la equidad» del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, del Plan de Reactivación Económica de los Pirineos Orientales de Navarra,
se destinarán 3 millones de euros dotados en el estado de gastos del presupuesto del
Servicio Público de Empleo Estatal para el año 2021, en la aplicación
presupuestaria 19.101.240A.455.80. La citada aportación tiene la consideración de
subvención de concesión directa, regulada en el Real Decreto 902/2021, de 19 de
octubre, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, el libramiento de la aportación citada se realizará
de forma anticipada en su totalidad, a través de un único libramiento, previa solicitud de
la Comunidad Foral de Navarra a la que se acompañará un plan, aprobado de acuerdo
con lo previsto en la cláusula cuarta, que recoja las actuaciones concretas a realizar para
el desarrollo de un proyecto de «Emprendimiento y microempresas» incluido en la
Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad» del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que formará parte del Plan de Reactivación
Económica de los Pirineos Orientales de Navarra, a las cuales se prevé destinar las
aportaciones económicas del Servicio Público de Empleo Estatal.
Esta previsión inicial podrá modificarse a lo largo de la vigencia del presente
convenio en función de las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad
Autónoma, sin que de ello se derive la necesidad de modificar el presente Convenio,
siempre que las cantidades se reasignen entre actuaciones recogidas dentro del plan
dirigidas al cumplimiento de los objetivos de las subvenciones objeto de este convenio.
En todo caso, la cifra final de la aportación del SEPE no superará el importe previsto en
esta cláusula.
El pago de los fondos en la forma indicada, no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2
del Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Foral de Navarra en el ejercicio 2021, tanto
para los fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como los
no financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos acordados en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad con lo
establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Foral de Navarra podrá
utilizar los fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal para la ejecución
de programas y servicios de políticas activas de empleo para completar adicionalmente y
reforzar en su caso los fondos objeto de este convenio. Deberá quedar, en tal caso,
identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Cuarta. Compromisos de la Comunidad Foral de Navarra.
La Comunidad Foral de Navarra, a través del Departamento de Ordenación del
Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, aprobará el plan que recoja las
actuaciones concretas a realizar para el desarrollo de un proyecto de «Emprendimiento y

cve: BOE-A-2021-21763
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.