III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-21766)
Resolución de 25 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes, la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa y el Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua-Basque Institute, para la realización de actividades culturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Cuarta.

Sec. III. Pág. 166491

Derechos de propiedad intelectual.

El Museo dispone de la autorización de los autores y/o titulares de derechos de
propiedad intelectual, para otorgar, a su vez, al IC, a AC/E y al Instituto Etxepare la
autorización para la exhibición e itinerancia de la exposición, así como para la realización
del catálogo de la misma. Asimismo, garantiza al IC y a AC/E y al Instituto Etxepare la
utilización pacífica de las obras entregadas en relación con los derechos de cualquier
tipo sobre las mismas, necesarios para llevar a cabo la exhibición de la exposición y
todos los compromisos y actuaciones previstos en el presente convenio.
El Museo ha gestionado y aporta, además de las obras, los derechos de
reproducción, distribución, transformación, comunicación pública (incluidas la exposición
pública y la puesta disposición interactiva) sobre dichas obras, así como sobre los textos
e imágenes que integran la exposición y su catálogo.
La cesión de derechos se efectúa para los países en que se van a realizar las
exhibiciones y para el periodo de tiempo que duren las mismas, sin perjuicio de que para
la promoción y publicidad de la exposición en internet, así como respecto del catálogo, la
cesión de derechos se efectúa para todos los países del mundo y por el período de
tiempo más amplio permitido por la legislación vigente. Cada parte será responsable de
obtener las autorizaciones necesarias para el uso propio de imágenes para el material
promocional o publicitario que elabore.
En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de
vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades derivadas de la
realización del objeto del presente convenio, su titularidad corresponderá a la parte que
lo realice, comprometiéndose dicha parte a ceder a las otras una copia de las mismas.
Esta cesión comportará la autorización a la otra parte para la reproducción,
transformación, distribución, comunicación pública, incluida la puesta a disposición del
público a través de Internet, del material audiovisual realizado en virtud del presente
convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio permitido por la legislación
vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier tipo que terceras personas
ostenten sobre estos materiales.

Las partes se comprometen a no copiar, reproducir ni ceder información o material
facilitado por la otra parte, así como a no permitir a ninguna otra persona, física o
jurídica, la copia o reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de
la información o materiales facilitados en cualquier momento, sin la autorización previa
de la otra parte, manifestada expresamente y por escrito.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y demás legislación concordante y
aplicable en esta materia, cada una de las partes como responsables del tratamiento,
han informado a los firmantes que actúan en su nombre y representación en el presente
convenio y a las personas de contacto, de que los datos de carácter personal que
faciliten en virtud del mismo (datos identificativos, de contacto, de firma, así como los
que puedan figurar en la documentación acreditativa de su representación) o aquellos
otros que pudieran proporcionar con posterioridad, serán tratados por cada una de las
partes con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y
ejecución de lo dispuesto en el presente convenio, siendo la base legítima de nuestro
tratamiento la propia ejecución del convenio.
Los datos serán conservados por las partes durante el tiempo de vigencia del
convenio y, con posterioridad, por el tiempo de prescripción de las eventuales
responsabilidades derivadas de ella.

cve: BOE-A-2021-21766
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Garantía de confidencialidad y protección de datos.