III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-21766)
Resolución de 25 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes, la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa y el Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua-Basque Institute, para la realización de actividades culturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166492

Los datos de los firmantes y de otras personas que actúen por cuenta de las partes
podrán ser comunicados a terceros únicamente en la medida en que fuera necesario
para cumplir con sus respectivas obligaciones legales de conformidad con la normativa
vigente.
Los datos tratados a efectos de suscribir el presente convenio son necesarios para la
efectiva suscripción del mismo. Los afectados podrán solicitar el acceso a los datos
personales, su rectificación, supresión, portabilidad y la limitación de su tratamiento, así
como oponerse al mismo, mediante un escrito al que se acompañe una copia de un
documento acreditativo de su identidad, dirigido a la parte que corresponda, a su
correspondiente domicilio social.
Asimismo, podrán interponer, en caso de vulneración de derechos, una reclamación
ante la Agencia Española de Protección de Datos, sita en calle Jorge Juan, 6, Madrid
(www.aepd.es.).
Sexta.

Acciones publicitarias.

«Organizan: El Instituto Cervantes, Acción Cultural Española, AC/E, Bilboko Arte
Ederren Museoa-Museo de Bellas Artes de Bilbao y el Instituto Vasco Etxepare Euskal
Institutua-Basque Institute.»
Séptima. Seguimiento y control.
El seguimiento y control de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se
realizará mediante el intercambio de la información entre las Partes y la elaboración de
informes de evaluación y de valoración de los resultados (objetivos alcanzados, nivel de
asistencia, de continuidad, grado de aceptación, etc.).
Cada parte designará a un responsable de seguimiento del convenio.

cve: BOE-A-2021-21766
Verificable en https://www.boe.es

Las partes se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad
propias y a difundir por su cuenta y a través de los medios que tengan por conveniente la
colaboración objeto de este convenio, así como de las actividades que en ejecución del
mismo se lleven a cabo.
La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se
limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la
concesión a favor del Instituto Cervantes, ni de AC/E, ni del Museo, ni del Instituto
Etxepare de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la
marca de las contrapartes, y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas
gráficas de cada una de las partes.
Las partes, de mutuo acuerdo, podrán promover la participación de otras
instituciones que puedan contribuir a la realización y al desarrollo de las actividades que
se realicen en ejecución del presente convenio. En estos casos, las partes podrán
incorporar el logotipo o señas de identidad corporativa de cualquier otra entidad que
colabore en el proyecto, permitiendo, en su caso, la señalización de los espacios
expositivos.
En tal caso deberán comunicar y proporcionar al resto de las partes la denominación
e imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de
divulgación en los que se incluirá dicha imagen.
Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de las
otras partes durante la vigencia del presente convenio.
Las partes garantizan la presencia y mención explícita de la colaboración de las
partes integrantes del presente convenio en todos los actos vinculados con la realización
de la exposición y de la publicación, debiendo aparecer los logotipos de las partes en
aquellos soportes que se utilicen para su divulgación.
En todos los materiales que produzcan las partes con motivo de la celebración del
objeto del presente convenio, deberán incluirse todos los logotipos y la siguiente línea de
créditos y representación: